Según el listado de competencias incluido en el anteproyecto de ley, que el martes comenzó a tramitar el Consejo de Gobierno, los municipios dispondrán de competencias como la ordenación, ejecución y disciplina urbanística conforme a lo dispuesto en la legislación urbanística y "sin perjuicio" de las competencias de la Comunidad.
Otras competencias son la gestión, programación y gestión de viviendas, y participación en la planificación de la vivienda de protección oficial; y la gestión de los servicios sociales comunitarios en base al Plan y el Mapa Regional de Servicios Sociales de Andalucía.
Tendrán capacidad de decisión en la gestión y prestación de varios servicios del ciclo integral del agua; en el alumbrado público; los residuos sólidos urbanos o municipales; la limpieza viaria; el transporte público dentro de los municipios; en la elaboración de catálogos urbanísticos; en promoción, defensa y protección del medio ambiente; en la promoción y defensa de la salud pública o en la seguridad en los espacios públicos y consumidores.
La ley, que previsiblemente se aprobará durante el primer semestre de 2010, cede igualmente a los ayuntamientos la capacidad de promocionar el turismo; planificar y gestionar las actividad culturales; la promoción del deporte y gestión de equipamiento; el control de cementerios y servicios funerarios y la vigilancia y cumplimiento de la escolaridad obligatoria.
En materia económica, destacan el fomento del desarrollo económico y social en el marco de la planificación económica; la autorización, ordenación y control de las actividades empresariales; autorización de mercadillos; organización y autorización de eventos o exposiciones que no tengan carácter de feria oficial o la provisión de medios materiales y humanos en los juzgados de Paz.
Sobre inmigración, el anteproyecto de ley cede a las corporaciones la ejecución de estas políticas a través de la acreditación del arraigo para la integración social de los inmigrantes, así como la acreditación de la vivienda para el reagrupamiento familiar de inmigrantes.
Asimismo, la ley establece que la Junta de Andalucía podrá transferir a los ayuntamientos y entes locales otras competencias actualmente exclusivas de la autonomía "mediante ley y traspaso de recursos", aunque la Junta podrá también delegar "por decreto" competencias autonómicas a los municipios junto con sus recursos económicos.
Con idea, según el Gobierno, de confeccionar un "nuevo modelo" de la arquitectura territorial y de incidir en la descentralización, el texto contempla también competencias de la diputaciones provinciales en materia de carreteras provinciales; archivos de interés provincial; museos o instituciones culturales provinciales; y asistencia a municipios.
Según este último capítulo, las diputaciones deberán ofrecer asistencia técnica de información y asesoramiento; asistencia económica para la finalización de inversiones municipales y asistencia material de prestación de servicios locales.
Tanto la LAULA como futura ley de participación de los entes locales en los tributos de la comunidad, cuya cuantía no ha sido concretada aún, serán objeto de debate y reflexión en la reunión que celebrará el próximo 14 de octubre en Sevilla el Consejo Terrritorial de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que aglutina a representantes de todas las federaciones municipales autonómica, entre ellas a la FAMP, según su presidente, Francisco Toscano.
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