La juez que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares ha reclamado a la Junta de Andalucía que entregue una copia de todos los expedientes de ayudas sociolaborales que se hayan tramitado por las consejerías de Hacienda y Administración Pública y de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo con cargo al programa presupuestario en los años 2010, 2011 y 2012, cuando el presidente de la Junta era José Antonio Griñán.
En un auto que tiene fecha de 30 de septiembre, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Mercedes Alaya atiende de este modo la petición realizada por la acusación que ejerce el PP en un escrito de 12 de diciembre de 2013, en el que solicitó dichas diligencias de investigación "a la vista de la declaración" prestada ese mismo mes en calidad de imputado por el exinterventor delegado de la Consejería de Empleo Juan Luque Alfonso.
En este sentido, la juez considera que, "habida cuenta los motivos expresados en dicho escrito para justificar las diligencias de investigación solicitadas, pues concretamente, a la vista de los informes de disconformidad aportados por el imputado, las subvenciones a las que se refieren dichos informes son de carácter excepcional y, por tanto, no regladas, como hubieran sido de haberse tramitado conforme a la Orden de 1 de abril de 2011, resulta procedente acceder a lo solicitado".
De este modo, la magistrada pide a la Junta una "copia íntegra, foliada, indexada y compulsada de todos los expedientes de ayudas sociolaborales --al amparo de la Orden de 1 de abril de 2011 o no-- que se hayan tramitado por la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo en los años 2010, 2011 y 2012 con cargo al programa presupuestario, especialmente el 72C, que ha sido utilizado en el caso de los extrabajadores de Delphi Automotive Systems España S.L., acogidos a un proyecto personal de inserción laboral".
Asimismo, reclama a la Administración autonómica "copia íntegra, foliada, indexada y compulsada de todos los expedientes de ayudas sociolaborales --al amparo de la Orden de 1 de abril de 2011 o no-- que se hayan tramitado por la Consejería de Hacienda y Administración Pública en los años 2010, 2011 y 2012 con cargo al programa presupuestario 31L o cualquier otro programa presupuestario, especialmente el 72C, que ha sido utilizado en el caso de los extrabajadores de Delphi Automotive Systems España S.L., acogidos a un proyecto personal de inserción laboral".
LA JUEZ RECHAZA OTRAS PETICIONES DE LA ACUSACIÓN DEL PP
Por el contrario, la instructora rechaza en el mismo auto las solicitudes realizada por la acusación del PP en otro escrito de fecha 18 de noviembre de 2013, en el que aportó documental consistente en el convenio de colaboración suscrito entre la agencia IDEA y la entidad Banco Europeo de Finanzas para la gestión de operaciones de garantía a empresas.
En este escrito, el PP pidió a la juez que requiriera a la agencia IDEA, a la Consejería de Empleo, al Consejo General de Viceconsejeros y al Consejo de Gobierno los expedientes íntegros que desde el año 2000 hasta la actualidad "se hayan tramitado para el otorgamiento y pago de incentivos, avales, ayudas o subvenciones a Saldauto".
Además, solicitó a la magistrada que se requiriera a la Consejería de Economía y Hacienda, al gabinete jurídico de la Junta y a IDEA para que entregara los expedientes tramitados y/o informes elaborados para la aprobación y formalización del citado convenio de colaboración de fecha 1 de diciembre de 2009, y que se solicitara a la Intervención General de la Junta los papeles de trabajo del informe definitivo de cumplimiento de legalidad de IDEA de 2009 junto con el texto íntegro del mismo y sus informes adicionales.
RECHAZA CITAR YA A LOS PERITOS DE LA INTERVENCIÓN DEL ESTADO
La juez asevera en el auto que "no ha lugar a que dicho documento sea aportado a la causa, procediendo la devolución del escrito presentado y documento aportado, así como la denegación de la prueba interesada por cuanto la concesión de avales no es objeto de las presentes diligencias, sino de las diligencias previas 545/14, siendo en las mismas donde podrían personarse en su caso, y presentarse este escrito adaptado a las circunstancias de dicha investigación".
De otro lado, la juez también rechaza en este mismo auto la petición realizada por los exdirectores generales de Finanzas del antiguo IFA Pablo Millán y Juan Vela para que se citara en sede judicial a los peritos de la Intervención General del Estado a fin de que "se proceda a la ratificación del informe inicial así como de los dos informes complementarios" realizados y así se puedan someter "a contradicción".
La magistrada rechaza esta petición porque, "teniendo en cuenta que en virtud de los autos dictados al amparo del artículo 118 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y de la exposición razonada elevada al Tribunal Supremo, son nueve las personas aforadas respecto de las que podría derivarse responsabilidad penal por las presentes actuaciones, es procedente, a fin de no causar indefensión a los mismos, demorar la ratificación del informe pericial para que sea practicada en su sede definitiva".
La defensa de Pablo Millán y Juan Vela también interesó que se pidiera a la UCO todas las declaraciones que obren en su poder en relación con IFA/IDEA, pero la magistrada señala que "no ha lugar a los interesado" debido a que la Guardia Civil ya ha hecho entrega en el Juzgado de todas estas declaraciones.
CORREOS ENTRE VITALIA Y JUNTA
En el auto, Alaya acepta la petición realizada por el exdirectivo de Vitalia Antonio Albarracín y reclama a la Junta que "informe a este Juzgado de la existencia o no de dos correos electrónicos enviados por Albarracín al viceconsejero entonces, Agustín Barberá, en torno al segundo semestre de 2007, coincidiendo con la segunda póliza de Delphi, en donde" el exdirectivo de Vitalia "hacía ver e insistía en la necesidad de invitar a más mediadores, propiciando con ello una real y mayor competitividad y con el objetivo de abaratar las pólizas".
Asimismo, la juez libra oficio a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil a fin de que requiera a Vitalia para que, "si mantuviera sede central en territorio nacional, aporte al procedimiento relación de pagos en concepto de nóminas, fijos variables o de otra naturaleza efectuados" tanto a Albarracín como a su mujer y a la sociedad Permar, "uniendo a esa relación documentos que acrediten su pago".
"Dicho requerimiento se hará extensivo a que la referida entidad aporte al procedimiento copia del poder otorgado a Albarracín para que ejerciera como apoderado de Vitalia, así como acuerdos recogidos en Libro de Actas o protocolizados en escritura pública donde se nombrara" al imputado "cargo de responsabilidad de alguna naturaleza en el organigrama de Vitalia en sus distintas sociedades".
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