Andalucía

La juez Alaya defiende la legalidad de las detenciones porque fueron decisión de la Guardia Civil y no suya

Además, recuerda que por auto de 6 de noviembre de 2012 se acordó la investigación de la participación de las mediadoras, aseguradoras, sindicatos y despachos profesionales en el desarrollo de la trama investigada"

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La juez Mercedes Alaya, que investiga los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares, ha defendido la legalidad de las detenciones practicadas el pasado mes de marzo en el marco de la operación 'Heracles', ya que no fueron detenciones ordenadas judicialmente sino que fue la Guardia Civil quien tomó la "iniciativa" y procedió a la detención de una veintena de personas.

   En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la magistrada de Instrucción número 6 de Sevilla rechaza el recurso de reforma interpuesto por el exdirectivo de Vitalia Eduardo Pascual contra el auto de prisión sin fianza dictado en marzo, imputado que había alegado la ilegalidad de las detenciones al haberse superado el plazo legal previsto de 72 horas entre la detención y la notificación del auto de prisión.

   En este sentido, la juez Alaya admite en primer lugar "la dependencia funcional, que no orgánica, de la Policía Judicial, de los jueces y tribunales, así como del Ministerio Público; en este caso de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en las presentes diligencias respecto de esta instructora, que es quien ordena en definitiva las líneas fundamentales de la investigación".

   Al hilo de ello, recuerda que por auto de 6 de noviembre de 2012 se acordó la investigación de la participación de las mediadoras, aseguradoras, sindicatos y despachos profesionales en el desarrollo de la trama investigada", ya que de las declaraciones y documentación recabada "resulta evidente su posible influencia, para lo cual resultó necesario decretar el secreto de las actuaciones", que fue levantado el pasado mes de mayo.

   La juez Alaya dice que, "a partir de ahí, la actuación investigadora en virtud del despliegue de medios materiales y humanos propios de este Cuerpo de élite se desarrolló con autonomía, cumpliendo lo que es la función específica de las unidades de Policía Judicial", como es "la averiguación de los responsables y circunstancias de los hechos delictivos y la detención de los primeros, dando cuenta seguidamente a la autoridad judicial y fiscal, conforme a lo dispuesto en las leyes".

"BAJO SU DECISIÓN RESPONSABLE"

   De este modo, y fruto de dicha investigación, se desarrolló la operación 'Heracles', en la que la UCO, "de manera legítima pero bajo su decisión responsable, ordenó la detención de una serie de personas por su presunta implicación en los hechos investigados".

   La juez dice que, en relación al atestado que dio lugar a dicha operación, ella sólo ha dictado tres resoluciones relacionadas, como es en primer lugar el auto de 18 de marzo "en el que en coordinación con la operación policial se ordenaba la citación a través de la UCO de diversos imputados íntimamente relacionados con esta línea de investigación para su declaración judicial".

   En segundo lugar, cita el auto de la misma fecha por el que se acordaron las diversas diligencias de entradas y registros solicitadas por la Guardia Civil, y a continuación se refiere a un tercer auto posterior, "independiente de los argumentos esgrimidos en este recurso", por lo que "no existió ninguna resolución dictada por el Juzgado que ordenara las detenciones de este imputado ni de cualquier otro".

"PLENAMENTE NORMALIZADO"

   En este punto, la magistrada se refiere a una circular de la Fiscalía General del Estado en la que se dice que "tanto la dirección de la investigación policial como la delegación en ella de la práctica de diligencias concretas no puede representar ni que el juez o el fiscal se conviertan en un 'jefe' de la Policía, ni que aquella delegación constituya una autorización para la libre acción de la misma".

   "Siendo el juez instructor el director o promotor de la investigación, la misma debe desarrollarse respetando el contenido de los respectivos campos, que no tiene más límite que el cumplimiento de la legalidad, y desde luego correspondiendo a la Policía Judicial la acción investigadora 'en el terreno'", de manera que "no puede considerarse extraño, ni mucho menos ilegal, sino algo plenamente normalizado, que la Policía Judicial haya tomado la iniciativa de detener" tanto a Eduardo Pascual como al resto de imputados.

   Además, prosigue la juez, "concuerda con tal iniciativa el hecho de que varios detenidos en la misma operación no pasaron a disposición judicial, sino que fueron puestos en libertad también  por decisión policial tras su toma de manifestaciones ante la Guardia Civil".

   Así, la conclusión es que "no existiendo detención judicial, pues no existió decisión judicial al respecto", el plazo de 72 horas "debe computarse desde que el detenido fue puesto a disposición de este Juzgado por parte de la UCO", hecho que ocurrió el 22 de marzo a las 14,30 horas", por lo que "a la hora de la notificación del auto de prisión no habían transcurrido más que 25 horas, tiempo durante el cual se recibió declaración a otros imputados".

   La Audiencia, en distintos autos, ha dado la razón a la magistrada y ha confirmado que todas las detenciones practicadas en el marco de la operación 'Heracles' fueron legales.

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