Huelva

Un total de 412 parejas de hecho residentes la provincia se inscriben en el registro, con un total de 2.019

El Registro de Parejas de Hecho es único, aunque su gestión está descentralizada a través de los ayuntamientos y las delegaciones territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai

El Registro de Parejas de Hecho de la comunidad autónoma de Andalucía, dependiente de la Consejería de Salud y Bienestar Social, ha contabilizado en la provincia de Huelva un total de 412 inscripciones a lo largo de 2012.
   Desde la puesta en marcha de este servicio en 1996, cuando se denominaba registro de uniones de hecho, se ha producido un progresivo incremento de inscripciones que se ha cuadruplicado en los últimos años a raíz de la entrada en funcionamiento del registro autonómico en 2005. Así, tras las altas registradas en este periodo, en la actualidad en Huelva hay 2.019 parejas inscritas en dicho censo, según ha informado la Junta en una nota.
   El Registro de Parejas de Hecho es único, aunque su gestión está descentralizada a través de los ayuntamientos y las delegaciones territoriales de la Consejería de Salud y Bienestar Social. Del total de parejas registradas durante 2012 en la provincia onubense, el 63,4 por ciento (261) realizó los trámites de inscripción directamente en la delegación territorial de Huelva, mientras que el 36,6 por ciento restante (151) lo hizo a través de los ayuntamientos.
   En el caso de las bajas, se encuentran motivadas por diversos motivos, tales como muerte de alguno de los integrantes, cambio de las circunstancias de la convivencia, cese de la misma o por mutuo acuerdo.
   Con la inscripción en el registro, se puede acceder a los beneficios previstos en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Andalucía. De esta forma, en materia de protección de menores, la normativa establece la posibilidad de constituir acogimientos familiares, simples o permanentes, por parejas de hecho, sin discriminación alguna por opción sexual.
   Asimismo, las parejas de hecho pueden solicitar el acceso conjunto en centros residenciales para personas mayores, así como ejercer el derecho que la legislación sanitaria reconoce a los familiares. Además, en la adjudicación de viviendas promovidas por la administración andaluza se equiparan al matrimonio, una igualación que también se refleja en los ámbitos tributarios y fiscales a nivel autonómico, así como en lo relativo a permisos y vacaciones.
   Tras las modificaciones introducidas por la Ley estatal 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, se reconoce también el derecho a la pensión de viudedad a las parejas de hecho que lo acrediten mediante el correspondiente certificado de los registros específicos de las comunidades autónomas, cuando esta inscripción se haya producido con una antelación mínima de dos años con respecto a la fecha de fallecimiento.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN