La acusación particular ejercida por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro ha solicitado un año de cárcel para el exsecretario general de Juventudes Socialistas de Andalucía (JSA) Juan Carlos Ruiz Fuentes por la campaña que esta organización difundió en diciembre de 2010, a través de 'Youtube', con los lemas 'Bendito condón que quitas el sida del mundo' y 'Que no te den una hostia, ponte condón'.
En este sentido, la acusación particular considera que Ruiz Fuentes es autor de un delito de provocación al odio por motivos religiosos, por el que pide un año de prisión y seis meses de multa, así como de un delito continuado contra los sentimientos religiosos, por el que solicita la pena de multa de 12 meses con una cuota diaria de 400 euros, en total 144.000 euros.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la juez Ana Rosa Curra, que ha reforzado el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla hasta el presente mes de marzo, abre juicio oral contra el imputado por esos dos delitos y le impone una fianza de responsabilidad civil de 192.400 euros de cara a "asegurar las responsabilidades pecuniarias que, en definitiva, pudieran imponérsele".
En el auto, dictado el pasado 29 de enero, la juez apercibe a Ruiz Fuentes, que dejó el cargo de secretario general de las JSA el pasado verano, que "de no prestarla, se le embargarán bienes en cantidad suficiente para asegurar la suma señalada".
Este caso tiene su origen en la querella presentada por el Centro de Estudios Jurídicos Tomás Moro contra Juventudes Socialistas (JSA) por la campaña que esta organización difundió a través de 'Youtube' con los lemas 'Bendito condón que quitas el sida del mundo' y 'Que no te den una hostia, ponte condón'.
LA JUEZ ALAYA ARCHIVÓ LA CAUSA INICIALMENTE
Inicialmente, la juez Mercedes Alaya acordó el sobreseimiento de las diligencias previas incoadas y el archivo de la querella al entender que el vídeo, en el libre ejercicio de la libertad de expresión y del derecho a la crítica, "no hace burla de uno de los dogmas de la Iglesia Católica, sino lo que trata es que el espectador aprecie que si importante es para un cristiano practicante recibir el cuerpo de cristo a través de la hostia consagrada, igual de relevante es para la lucha contra el VIH el uso de preservativo".
Por todo ello, "con independencia del acierto o no de las imágenes que exhibe el vídeo", la juez afirmaba que "no existe burla contra la religión o la Iglesia Católica, menos aún estima que exista el elemento subjetivo del injusto del tipo penal, esto es, que el vídeo se haya realizado con la intención de ofender los sentimientos religiosos de la referida confesión católica: la intención es claramente la lucha contra el Sida y tratar de sensibilizar a la población católica".
Tras ello, la Audiencia Provincial revocó la decisión adoptada por la juez y ordenó practicar las diligencias necesarias "hasta el esclarecimiento de los hechos denunciados", ya que "cabe la posibilidad de afirmar que se haya cometido un delito contra los sentimientos religiosos si nos atenemos a las circunstancias indiciariamente acreditadas, reveladoras de que podríamos encontrarnos ante algo mucho más allá de una comprensible campaña publicitaria, inicialmente correcta pero a la postre teñida de un matiz posiblemente delictivo".
El Centro Jurídico Tomás Moro ha valorado "muy positivamente" en un comunicado la apertura de juicio oral, "pues permitirá defender los derechos de la mayoría del pueblo español que se siente agredido por conductas irrespetuosas con los sentimientos religiosos mayoritarios, conductas irresponsables que suponen la creación de un caldo de cultivo propicio a la violencia por motivos religiosos".
Asimismo, y "para la mejor defensa de los sentimientos mayoritarios de la sociedad española y con el fin de hacer frente a los gastos del proceso judicial", el Centro Jurídico Tomás Moro ha abierto una cuenta bancaria "para recibir las donaciones que permitirán seguir adelante con el procedimiento penal".
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es