La Diputación de Cádiz ha informado de la revisión de las cuantías y plazos para el pago o fraccionamiento de las deudas debido a la "difícil situación económica". Así, reduce el límite de los débitos que pueden solicitar estas medidas --con carácter general desde los 100 euros-- y amplía el periodo de pago, en algunos supuestos, hasta los 36 meses.
Según recuerda la Institución provincial en un comunicado, el pasado día 18 se suscribían convenios con nueve ayuntamientos, en materia tributaria, con un doble objetivo: garantizar pagos mensuales a dichas entidades para asegurarles liquidez, mediante anticipos determinados en base a los ingresos fiscales estimados, así como acordar el pago de la deuda de dichos municipios en 36 meses. Las motivaciones para alcanzar esos acuerdos --las limitaciones que impone la crisis-- tienen ahora su traslación a los contribuyentes de los 40 municipios gaditanos que tienen encomendada la gestión de sus tributos al Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.
En concreto, y a través de un decreto suscrito por el presidente de Diputación, José Loaiza, se reducen las cuantías para acceder a un aplazamiento o fraccionamiento de deudas tributarias, se amplían los plazos de pago de estos débitos, se agiliza el procedimiento de concesión y se elevan los supuestos para eximir la presentación de garantías.
Esta revisión entra en vigor en el actual ejercicio 2013 a tenor de la "difícil situación económica" que dificultaba cumplir con los requisitos que establecía la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de Diputación. Loaiza ha utilizado una de las facultades que la propia ordenanza le confiere para establecer estas modificaciones, conforme a las nuevas condiciones planteadas por el Servicio que dirige el diputado provincial Juan Antonio Liaño.
Para este año los contribuyentes con deudas entre 100 y 1.000 euros podrán aplazar su pago hasta un periodo máximo de seis meses. Antes de la revisión efectuada por Loaiza la cuantía mínima para solicitar el aplazamiento se fijaba en 1.500 euros. Con la nueva modificación las deudas entre 1.001 y 2.500 euros se podrán aplazar o fraccionar hasta un plazo máximo de 18 meses (para el mismo periodo de tiempo, con la anterior redacción de la ordenanza, se situaban las deudas entre 1.500 y 6.000 euros).
Los débitos por importe de 2.501 a 6.000 euros podrán aplazarse o fraccionarse hasta un máximo de 24 meses (antes ese plazo sólo podía solicitarse para deudas superiores a 6.000 euros). Si el importe adeudado excede de 6.001 euros la devolución se extenderá hasta 36 meses; un plazo "totalmente novedoso" que busca "facilitar las obligaciones fiscales y evitar las consecuencias más onerosas de su incumplimiento".
Además, "en casos muy cualificados y excepcionales" se concederán aplazamientos de deudas cuyo importe sea inferior a 100 euros, así como plazos de devolución superiores a los anteriormente citados. Estas situaciones excepcionales, antes de la revisión, sólo consideraban para deudas inferiores a los 1.500 euros. Los aplazamientos o pagos fraccionados quedan excluidos para deudas por sanciones de tráfico en periodo voluntario de cobro.
La revisión de la norma confiere, según Diputación, "mayor agilidad" en la resolución de las solicitudes que se presenten.
El decreto firmado por Loaiza también amplía los supuestos en los que se exime la presentación de garantías. Con carácter general no se exigirán avales para débitos inferiores a los 18.000 euros, cuyo plazo de pago no supere los 36 meses. Antes de la revisión sólo quedaban exoneradas las deudas inferiores a 3.000 euros y con plazo de devolución máximo de un año.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es