Andalucía

Critican la subida de tasas de veladores hasta un 150%

Los profesionales onubenses advierten que se suma al descenso de clientes

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  • Terraza con veladores en la Plaza de Las Monjas -

La Asociación Provincial de Hostelería de Huelva aseguró ayer que la subida de la tasa municipal para los veladores aprobada por el Ayuntamiento llegará hasta un máximo “de un 150%” en determinados casos. Desde la Federación Onubense de Empresarios explicaron que en algunos locales del casco antiguo pasarán de pagar “unos 31,50 euros por metro cuadrado a unos 76,77 euros con la nueva subida”, que supone un incremento de 45,27 euros que asumirá el hostelero, así como la nueva ordenanza contempla “la diferenciación de tasa por calles”.

En un comunicado, la Asociación remarcó que, a la crisis que padece el sector de la hostelería ante la reducción generalizada del consumo que se ha producido en este último año, “con un 40% menos de facturación”, además de la subida del IVA y del agua, se suma ahora el incremento de la tasa municipal de ocupación de vía pública con mesas y sillas, que llevará aparejado “la ruina a muchos establecimientos que se verán en la incapacidad de afrontar este nuevo coste”. La Asociación provincial de Hostelería advirtió de medidas de presión, si el Ayuntamiento no atiende sus peticiones.

El pasado año, este mismo concepto ya sufrió un incremento del 10%, argumentándose entonces que a nivel de Andalucía, “Huelva era la provincia donde esa tasa era la más baja de toda la región, cuando se ha comprobado este año que no es así”, al margen de que “no se puede comparar con ciudades con poblaciones, como las Córdoba o Sevilla”.

Por su parte, el concejal de Economía del Ayuntamiento, Juan Carlos Adame, aseguró que la nueva normativa de tasas de veladores y de ocupación de la vía pública, que entra en vigor en enero de 2013 tras su aprobación en el pleno del pasado mes de julio, “corrige un trato fiscal injusto” que se estaba produciendo entre los onubenses en el caso de la ocupación de la vía pública, “donde se le aplicaba la misma categoría fiscal con independencia de donde se ubicase en el establecimiento”.

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