El juzgado estimó la demanda presentada por Sogecable el 4 de mayo de 2007 contra la entidad azulgrana y declaró que el Barcelona “tiene la obligación de satisfacer a Sogecable la totalidad de las percepciones económicas que reciba de la UEFA” y de los correspondientes estamentos que organizan las competiciones europeas en las que todas las secciones del Barcelona han participado en estas cinco temporadas más el IVA.
Por ello, el juez condena al FC Barcelona a abonar a Sogecable la cantidad de 49.353.062,82 euros más el 16% de IVA, lo que suma un total de 57.249.552,87 euros. Además, el club azulgrana también deberá sufragar el importe de las costas del juicio.
El juez ha desestimado la demanda reconvencional formulada por el FC Barcelona contra Sogecable, pero sí que estima la demanda contra la entidad Telefónica, a quien condena a pagar la cantidad de 559.806,17 euros más IVA correspondiente a “contraprestaciones de carácter fijo” del mes de junio de 2007 según un contrato firmado por ambas partes en 1999.
El juez condena a Telefónica a pagar al Barcelona más de 6,5 millones de euros por los pagos no liberatorios efectuados por el Barça en fechas de 30 de noviembre de 2005 y 6 de febrero de 2006, así como la cantidad de 10.957.575,53 euros correspondiente a la contraprestación fija de los meses de octubre de 2005 a mayo de 2007.
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