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La Audiencia confirma la absolución del exalcalde comunista de Baena de calumniar a Luis Moreno

A la sentencia que el pasado mayo dictó el Juzgado de lo Penal número tres de Córdoba

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La Audiencia de Córdoba ha confirmado ahora la sentencia que el pasado mayo dictó el Juzgado de lo Penal número tres de Córdoba, que absolvió al exalcalde comunista de Baena (Córdoba), Carlos Arenas, y su mujer y exedil de IU, María Jesús Muñoz, de los delitos de injurias y calumnias contra el también ya exalcalde de Baena, Luis Moreno (PSOE).

Así, en la sentencia dictada este pasado martes por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba, a la que ha accedido Europa Press, se desestima el recurso de apelación, contra el referido fallo del Juzgado de lo Penal, que interpuso en su día el actual senador del PSOE por Córdoba Luis Moreno, al considerar que había sido injuriado y calumniado por Arenas y Muñoz a través de una entrevista publicada en un semanario cordobés en marzo de 2009, cuando Moreno aún era alcalde de Baena.


La Audiencia, sin embargo, ha confirmado en todos sus términos la sentencia del Juzgado de lo Penal, en la que se dice de Moreno que "nos encontramos ante una persona de la relevancia pública del alcalde y el análisis de la entrevista concedida por los acusados se debe observar y entender en el ámbito de la mayor tolerabilidad, o deber de resistencia a la crítica, exigible a los personajes públicos".

Moreno se querelló contra Arenas y Muñoz al entender que hicieron "manifestaciones falsas e injuriosas que menoscaban la dignidad, imagen, fama, consideración pública y propia estima" del entonces alcalde, en relación con la supuesta implicación de éste en los casos de las facturas y del urbanismo de Baena, en los que Arenas y Muñoz ejercen la acusación particular. Sin embargo, Moreno no está imputado ni ha sido citado siquiera como testigo en ninguno de los dos procedimientos.

A pesar de ello, en la sentencia ahora confirmada por la Audiencia se concluye que los acusados "en ningún momento se están refiriendo al querellante, sino a dos pleitos que aún se encuentran en trámite en los juzgados competentes" y, "si bien el alcalde no figura como imputado, no es menos cierto que es el responsable político de la gestión del Ayuntamiento, al cual representa y de cuya gestión es garante".

Además, según se subraya en la sentencia, "toda la entrevista se refiere a criticar al alcalde por las decisiones que había adoptado, que afectaban a los acusados (Arenas y Muñoz)" y que había tomado Moreno "en el ejercicio de sus funciones, resultando indiscutible concluir que -en este caso- los acusados actuaban en el marco de la censura a un cargo público, por sus funciones públicas, en el que las expresiones, para ser penalmente sancionables, tendrían que haber sido gratuitas y claramente vejatorias, no resultando así, ni tan siquiera calificables de graves".

Asimismo, señala el fallo judicial que el titular del semanario "no se corresponde exactamente con lo dicho por los acusados, no apreciándose en el actuar de éstos ánimo de injuriar a la persona del alcalde", entendiendo que su actuación "es encuadrable en el derecho fundamental a la libertad de expresión y al derecho de información", destacando también que la acusada María Jesús Muñoz era entonces edil del Consistorio baenense y que, por tanto, Moreno estaba obligado a soportar sus críticas, así como la de otros ediles, "ya que de no ser así no nos encontraríamos en un Estado democrático".

En la demanda que Moreno presentó en su día contra Arenas y Muñoz, de la que ahora han sido absueltos, se detalla que ambos afirmaron que "si lo de las facturas falsas es gordo, lo de la corrupción urbanística lo es más", a lo que añadieron que "la gestión de Moreno es corrupta", y que "el alcalde de Baena perdió hace mucho tiempo la dignidad del cargo y lo hizo desde el preciso momento en el que empezó a perseguir a los ciudadanos".

A ello añadieron, según la demanda de Moreno, que están "cansados de ver la actuación, en muchos aspectos caciquil, del alcalde de Baena", localidad en la que "se permite que se hagan cientos de chales ilegales porque le interesa al alcalde para sacar una rentabilidad política, no económica" y, en consecuencia, "en el Ayuntamiento de Baena hay determinadas actuaciones que como poco se les puede denominar de prevaricación, sobre todo en licencias de obras y urbanísticas".

Por estas declaraciones, tanto el fiscal, como la acusación particular, que ejerce Moreno, coincidieron en considerar a Arenas y Muñoz autores de los citados delitos de calumnias e injurias, pidiendo el fiscal por ello que se impusiera a los acusados una pena total de 38 meses de multa, a razón de una cuota diaria de 12 euros, a la vez que solicitó que, solidariamente con el semanario que publicó la entrevista, los acusados indemnicen al alcalde con 10.000 euros, en concepto de responsabilidad civil.

La acusación particular, en cambio, pidió para los acusados, por las calumnias, que se les impusiera una pena de 18 meses de prisión, y por las injurias, una pena de 14 meses de multa, a razón de una cuota diaria de 24 euros. Junto a ello solicitó que, solidariamente con el semanario que publicó la entrevista, indemnizaran a Moreno con 60.000 euros, en concepto de responsabilidad civil.

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