Fuentes judiciales explicaron que el condenado es M. C. B, a quien la Audiencia de Sevilla ordenó en noviembre de 2007 derribar, a su costa, la vivienda de 80 metros cuadrados, la nave de la misma superficie y la piscina que había construido en un suelo no urbanizable del paraje conocido como Las Perreras y Mesa Carrasco de Gerena.
Según las fuentes, no haber ejecutado la orden judicial de demolición, impuesta en sentencia firme, "supone que el condenado no ha cumplido la responsabilidad civil derivada del delito, que es restablecer el suelo a su estado original, y es un presupuesto necesario para conceder la suspensión del ingreso en prisión".
A petición del fiscal especial de Medio Ambiente, el juzgado, como encargado de cumplir la sentencia firme y la consiguiente orden de demolición, ha denegado al acusado la suspensión cautelar de la pena y ha ordenado su ingreso en prisión.
El acusado edificó en una parcela de 2.500 metros cuadrados en la que el Ayuntamiento había iniciado expediente sancionador por la parcelación ilegal en suelo rústico.
Allí construyó la nave, la vivienda y la piscina que no eran legalizables, aunque posteriormente el Ayuntamiento inició en abril de 2005 un procedimiento para regularizar el suelo que no ha culminado, han añadido las fuentes.
Sin embargo, la Audiencia entendió que lo que haga en el futuro el Ayuntamiento no afecta al delito ya cometido y que es necesario demoler lo construido para no frustrar "el objetivo del legislador de preservar la ordenación del territorio".
M. C. B. había sido absuelto previamente por el juzgado penal, quien apreció en él ausencia de dolo o voluntad de delinquir y un "error de prohibición", pues los restantes vecinos habían hecho el mismo tipo de edificaciones.
La Audiencia, sin embargo, sostuvo que "es un hecho notorio y de común conocimiento para cualquier ciudadano medio, sin necesidad de estar revestido de especiales conocimientos, que toda construcción precisa de la correspondiente licencia".
La Audiencia provincial está poniendo en práctica una nueva doctrina, impulsada por la Fiscalía de Medio Ambiente, de derribar las construcciones ilegales frente a una línea anterior que las evitaba por el posible perjuicio a terceras personas que hubiesen obrado de buena fe.
Hasta ahora, varios juzgados penales de Sevilla han absuelto a propietarios de parcelas en Las Perreras y Mesa Carrasco por la "pasividad" del Ayuntamiento de Gerena, que supuestamente permitía las obras ilegales porque "allí lo habitual era primero construir y luego pedir licencia", según las sentencias.
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