En un auto, con fecha de 5 de julio, la Sección Séptima de la Audiencia estima los recursos de la Fiscalía y de la Junta contra el auto de la juez de instrucción 6 de Sevilla, Mercedes Alaya, por el que ordenó, como medida cautelar, que las actas de los Consejos de Gobierno quedaran custodiadas en la sede de los juzgados, según publican hoy las ediciones digitales de El País y la Ser.
En ese auto de 4 de abril, la juez reclamó todas las resoluciones para evitar que "pudieran alterarse u ocultarse partes relevantes de las actas del Consejo de Gobierno, hasta tanto se dilucida el conflicto de jurisdicción" planteado por la Junta, de modo que sea el Supremo el que decida si las actas son o no secretas.
Los magistrados de esa sección de la Audiencia consideran que procede estimar los recursos de la Fiscalía y la Junta, que alegaron que esa medida no era "necesaria ni proporcional al fin perseguido", por lo que dejan "sin efecto" lo acordado cautelarmente por la juez en relación a la custodia de las actas.
La Audiencia recuerda que la Ley de Conflictos Jurisdiccionales establece que, cuando se plantea dicho caso, el órgano competente -en este caso el juzgado- suspenderá el procedimiento hasta la resolución del conflicto.
Además, solo puede adoptar provisionalmente "aquellas medidas imprescindibles para evitar que se eluda la acción de la Justicia, que se cause grave perjuicio al interés público o que se originen daños graves e irreparables", añade este auto, contra el que no cabe recurso ordinario.
Según la Audiencia, en el caso de la custodia de las actas "ninguno de los tres supuestos" recogidos en la ley "parece concurrir" y, así, "no son mencionados en el auto" de la juez, "que se limita a sustentar la medida cautelar en una mera hipótesis" de que pudieran alterarse u ocultarse partes relevantes de las actas.
El escrito también indica que la juez no detalla ni razona "en qué datos fácticos se apoya tal desconfianza, como corresponde en una resolución del calado de la impugnada, más si cabe si con ella se plantea la posibilidad de un actuar ilegal por parte de uno de los poderes del Estado", en alusión a la Junta de Andalucía.
Por otra parte, desestima los recursos formulados por Manos Limpias y por el PP en los que pedían dejar sin efecto el pronunciamiento contenido en la parte dispositiva de la juez, que decía "se tiene por solicitada por la Junta de Andalucía la inhibición de este juzgado por conflicto jurisdiccional".
En relación a este caso, otro auto de la misma sección de la Audiencia, fechado el 20 de junio, determinó que las 480 actas de los Consejos de Gobierno de la Junta de los últimos 10 años no son secretas y rechazó el recurso del Ejecutivo autonómico contra la petición de la juez de que se le entregasen esas actas desde 2001.
No obstante, la Junta tiene planteado un conflicto de jurisdicción ante el Tribunal Supremo, que será el que deberá resolver finalmente sobre si la juez puede acceder o no al contenido de las actas, dentro de la investigación que lleva a cabo.
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