Los hechos probados del fallo judicial, al que tuvo acceso Europa Press, recogen que el procesado y la víctima mantuvieron durante más de año y medio una relación sentimental, hasta que en febrero del pasado año el juzgado impuso al hombre la medida de no acercarse ni comunicarse con la mujer, prohibición que tiene una vigencia hasta septiembre de 2015.
A pesar de esa orden, una noche del pasado mes de septiembre se desplazó hasta el domicilio de la víctima y, tras llamar al portero, empezó a gritarle insultos y amenazas de muerte. Acto seguido, rompió la puerta del edificio y se dirigió a la puerta de la casa de la mujer, donde comenzó a dar patadas, con lo que consiguió hacer un "agujero importante" en la puerta. Además y como quiera que portaba un cuchillo jamonero, estaba intentando agredir con ese arma al novio de la mujer que estaba detrás de la puerta.
En mitad de esa situación llegaron agentes de la Policía Nacional y el procesado al verlos se lanzó sobre uno de ellos e intentó pincharle en la barriga, si bien el policía pudo esquivarle. Tras ofrecer una "fuerte resistencia" consiguieron reducirle.
Por todo ello, el juzgado de lo Penal número cuatro le condenó por un delito de quebrantamiento de condena a nueve meses de prisión, por otro de amenazas graves a un año y nueve meses de cárcel y por un delito de atentado contra funcionarios públicos a cuatro años de prisión, pena que ha sido confirmada por la Audiencia Provincial de Jaén.
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