Según relata el Ministerio Público en su escrito de acusación, consultado por Europa Press, los hechos tuvieron lugar entre las 2,00 y las 4,00 horas del día 3 de enero de 2010, cuando el procesado, Juan Manuel C.E., "actuando con la intención de ocasionar la muerte" a su esposa, Josefa R.Z. de 45 años, "aprovechó que ésta se encontraba durmiendo" en un dormitorio del domicilio para dirigirse hacia allí.
El fiscal añade que, una vez en el lugar, "y para impedir la posible defensa" de la víctima, el acusado "la atacó de forma sorpresiva y la estranguló apretándole fuertemente el cuello con las manos, obstruyéndole los orificios respiratorios hasta ocasionarle la muerte por asfixia". Por estos hechos, uno de los dos hijos de la víctima ha renunciado a ser indemnizado de manera alguna.
Pues bien, el Ministerio Público considera que el procesado, de 53 años de edad, es autor de un delito de asesinato con la agravante de parentesco, por lo que solicita 20 años de prisión y la prohibición de acercarse a los domicilios, lugares de trabajo y cualquier otro lugar frecuentado por sus dos hijos a una distancia no inferior a 100 metros durante ocho años.
En concepto de responsabilidad civil, pide que el imputado indemnice a uno de los hijos con 20.000 euros, y en su caso a cada progenitor de la víctima con 9.000 euros. Se da la circunstancia de que la muerte de Josefa constituyó la primera víctima por violencia de género en la comunidad autónoma andaluza en el año 2010.
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