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TSJA baja la pena a un narco que empujó y tiró al suelo a un agente al no verlo atentado

La pena por este concepto baja de un año a tres meses, aunque se le condena a seis años por salud pública, al igual que a sus compinches, por un alijo en Tarifa

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  • El TSJA. -

Un individuo condenado, junto con otros compinches, por narcotráfico, que empujó y tiró al suelo a un guardia civil en su huida cuando iba a ser detenido, ha visto reducida su pena de prisión al rebajar la calificación del delito de atentado contra la autoridad a resistencia.

Así lo refleja la resolución judicial, emitida el pasado 20 de diciembre, y que revoca la sentencia inicial de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Algeciras. Sin embargo, desestima el recurso de éste y sus otros dos compañeros en relación al delito de narcotráfico por el que habían sido condenados a penas de entre cinco y seis años de cárcel.

Los hechos tuvieron lugar durante un alijo que se practicó en la Playa de Punta Paloma, y que resultó con la incautación de 333 kilos de hachís. Durante   la   actuación,   un agente esultó lesionado por el acusado recurrente. Lesiones que han   consistido,   según   informe   del   médico   forense,   e     n   contractura   cervical dolorosa, contusión muscular dorsal, excoriaciones      varias en regionalizaciones dorsal de ambas manos necesitando para su sanidad una primera asistencia médica con una sanidad 7 días no impeditivos, y que     dando como secuelas dos cicatrices de 3 mm en el dorso de la mano izquierda, sin puntos de valoración.

Según el Alto Tribunal, “un simple empujón, con miras a sortear la acción policial en trance y a cuyas resultas el guardia civil referido perdiese   el   equilibrio,  para   caer   seguidamente   al   suelo,   no   conforma   la existencia de una acometida o ataque violento, ni  de   resistencia   activa de carácter grave, como exige el art 550 del Código Penal”, debiendo  subsumirse más bien   dicho   comportamiento   en   el   artículo   556   de   la  glosada   Ley   Sustantiva, como desobediencia y resistencia grave, aunque no activa y  no acatar el acusado las órdenes que se le dirigían de que depusiera su aptitud, y forcejar con   uno   de   ellos,   llegando   a   empujarlo,   cuando   intentaba   huir”.

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