En su declaración como testigo en el juicio del caso Minutas, sobre las presuntas irregularidades en los encargos realizados a Del Nido por parte del Ayuntamiento marbellí, aseveró a preguntas de este acusado que una vez se constaba que la minuta llevaba el trabajo realizado y se acomodaba a las normas del Colegio era cuando se ordenaba el pago.
Cuestionado por si entendía que las minutas cobradas por Del Nido no podían causar lesión patrimonial al Ayuntamiento cuando éstas se estaban ajustando a las tarifas del Colegio de Abogados contestaba que “no creaban lesión en principio”. Añadió que estas minutas eran “siempre” aprobadas por la comisión de gobierno.
Además, señaló que la norma general era que cuando él ponía reparo a alguna minuta de Del Nido ésta no se pagaba, y aunque dijo que no recuerda todos los casos, en la instrucción sí declaró que no se pagaban cuando se ponían reparos. Recordó que se hicieron pagos a otro bufete por la defensa a personas del Ayuntamiento con informes negativos de él y del Tesorero.
Sobre la contratación de abogados, el interventor declaró que no era su competencia y admitió que tuvo con el secretario municipal “nuestras diferencias” sobre la necesidad o no de convocar un concurso público para estas contrataciones.
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