Andalucía

El fiscal cree que el caso de Marta atañe a un jurado popular

Por las dudas que lo rodean

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El abogado de los padres de la joven Marta del Castillo anunció ayer que recurrirá para que su violación y asesinato vuelvan a ser competencia de un jurado popular, argumento por el que también se inclina la Fiscalía debido a las dudas que rodean la finalidad real de los dos acusados.

Las partes personadas tienen un plazo de diez días para recurrir la decisión del juez que debía presidir el jurado popular por la muerte y violación de la joven, que el jueves ordenó que el caso pase a un tribunal profesional a la vista de la última jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre los delitos competencia del jurado.

En el caso de la joven desaparecida el 24 de enero de 2009 en Sevilla, el magistrado interpreta que, del relato de hechos realizado por las acusaciones, se deduce que la finalidad principal del asesino confeso, Miguel Carcaño, y el menor de edad Javier G. M. no fue matar a Marta sino violarla.

Por ello, acordó reconducir el caso para su enjuiciamiento ante un tribunal profesional de la Audiencia Provincial, como competente sobre los delitos contra la libertad sexual.

Fuentes de la Fiscalía de Sevilla dijeron ayer a Efe que están estudiando un posible recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para que el caso vuelva a competencia del jurado.

Recordaron que los últimos acuerdos del Supremo dicen que “en caso de duda, prevalece el delito más grave” a la hora de determinar el tipo de tribunal competente, y en este caso sería el homicidio, competencia del jurado.

La fiscal jefe sevillana, María José Segarra, ha mantenido hasta ahora que la muerte de Marta no encaja en los nuevos supuestos del Supremo porque “no está claro cual era el delito finalista de los acusados”, ya que “nunca nos han hecho un relato de lo que ocurrió ni de lo que buscaban”.

Por su parte, el abogado de los padres de Marta, José María Calero, dijo ayer a Efe que va a pedir que el caso vuelva a un jurado con el argumento de que el magistrado presidente no puede volver a plantear algo ya resuelto por la Audiencia Provincial en recursos anteriores.

Además, entiende que en el caso Marta “no se sabe cual era la finalidad de los autores en una actuación tan compulsiva y rápida” como la realizada.

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