Por ello, en la sentencia se sustituye por seis días de localización permanente los seis meses de prisión impuestos al citado hombre que agredió a su compañera.
Añade la sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, que este delito sólo debe ser aplicado “cuando el hecho enjuiciado sea manifestación de la discriminación, de la situación de desigualdad y de las relaciones de poder del hombre sobre la mujer”.
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