El general Navarro, según el alto tribunal, “no realiza la identificación de treinta de los cadáveres, sino que asigna un nombre a una bolsa, haciendo parecer que los había identificado, incluso lo manifiesta a sus superiores y a sus subordinados”.
“Y, desde esa mendacidad, redacta los certificados de defunción de personas que, efectivamente, habían fallecido, pero sin identificar el cadáver respecto al que había certificado su fallecimiento”, señala el alto tribunal.
Éstas son algunas de las consideraciones que realiza la Sala de lo Penal del Supremo en la sentencia a la que ha tenido acceso Efe en la que confirma la condena de tres años impuesta al general y de 18 meses al comandante y al capitán médico José Ramírez y Miguel Sáez, respectivamente, en calidad de cómplices.
La sentencia fue dictada el pasado día 22 por el alto tribunal, que ya dio a conocer el fallo el 17, tras deliberar a puerta cerrada sobre el recurso de los tres condenados y de las asociaciones de familiares de víctimas de este accidente contra la resolución dictada el 16 de mayo del año pasado por la Audiencia Nacional.
El TS ha rechazado por unanimidad todos los recursos interpuestos y ha confirmado en su integridad la sentencia de la Audiencia, que consideró al Ministerio de Defensa responsable civil subsidiario.
En la sentencia, el Supremo estima que “la falsedad de los treinta certificados de defunción son consecuencia de una previa mendacidad, el listado elaborado por el general Navarro en el que había señalado una identidad a cada uno de los 62 cadáveres, de los cuales 32 habían sido correctamente identificados, en tanto que los restantes no lo habían sido”.
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