Mientras unos defienden la instalación de estos dispositivos siempre que se extremen los controles sobre las imágenes, otros consideran que existen otras medidas alternativas y que la utilización de escáneres supone una invasión de la intimidad.
En opinión del catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Málaga Ángel Rodríguez, el riesgo de atentado terrorista en vuelos es “real”, por lo que será necesario adoptar las medidas de seguridad que sean necesarias.
En este sentido, se ha mostrado a favor de la implantación de escáneres corporales en los aeropuertos si se demuestra que son eficientes desde el punto de vista técnico y existe una regulación “suficientemente clara” sobre las obligaciones de los viajeros y el control de las imágenes obtenidas, su visionado, almacenamiento y posterior destrucción.
Hasta la fecha, las medidas de seguridad que se imponen a los pasajeros en los aeropuertos son “muy molestas, pero no discriminatorias”, aunque si sólo se utilizan en determinados casos, “se introduce el factor de discriminación”, ha indicado Rodríguez.
Aunque el uso de los escáneres corporales “colisiona, sin duda, con la privacidad, todos los derechos constitucionales, y el de la intimidad no es una excepción, no son absolutos”, ha aseverado.
“Mientras más invasivo sea para la intimidad (el procedimiento), más controles habrá que establecer”, ha señalado el catedrático, que cree probable la necesidad de una ley orgánica para regular su uso.
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