La novena provincia

Los estibadores

No tenemos en absoluto un sistema oscuro de nuestro régimen portuario como se pretende hacernos ver por algunos.

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LOS ESTIBADORES
No se puede hablar con fundamento si no se conoce en profundidad la compleja actividad de la estiba y desestiba portuaria .En principio, decir que no tenemos en absoluto un sistema oscuro de nuestro régimen portuario como se pretende hacernos ver por algunos. El régimen portuario español ni es ni directa ni indirectamente discriminatorio, como así lo reconoce la propia Comisión y la sentencia del T.J. europeo de diciembre de 2014, ni los estibadores conforman una clase privilegiada de trabajadores. Nuestro régimen portuario lo que sí ha conseguido es pivotar por los dos ejes que requiere la jurisprudencia europea y que manifiesta en sus sentencias de 1998, 2007 y 2011, e incluso el Convenio 137 de la O.I.T. sobre el trabajo portuario:
a) Consolidar un servicio público de interés general que garantice la regularidad, continuidad y calidad de nuestros puertos, hasta el punto que nuestro sistema aporta un total de 145.000 empleos y contribuye al PIB español con 9.000 millones al año.
b) Mantener un elevado índice de protección de los trabajadores en un sector y en una actividad especialmente cargada de riesgos y en la que los estibadores no solo están sometidos a los mismos sino que su propio trabajo implica un muy importante desgaste físico y mental, de ahí que necesariamente se produzcan jubilaciones anticipadas.
Precisamente, la Comisión denunciante en una Comunicación de 2007 sobre una política portuaria europea, recuerda que las personas y empresas que se dediquen a esta actividad han de estar debidamente cualificadas, es decir, ni el empleo se puede precarizar ni bajar los niveles de formación y profesionalización, niveles estos que son los únicos que pueden avalar la calidad y seguridad del servicio portuario.
Nuestro sistema de estiba portuaria no trata de impedir a los operadores establecerse en puertos españoles sino impedir que entren empresas de servicios y de mero trabajo temporal que minimicen la calidad del empleo con salarios bajos, escasa formación y cualificación de trabajadores que afectará no solo a la producción de las empresas estibadoras y, por ende, a la calidad de nuestros puertos, sino también a la seguridad y salud de los así contratados en una actividad de específica peligrosidad en un  sector donde existe un alto índice de siniestralidad del colectivo de estibadores y trabajadores de los puertos debido a las duras condiciones en las que desarrollan su labor, a menudo con una gran carga de trabajo físico y tensión psicológica.
Debido a la complejidad de su trabajo, los estibadores pueden estar expuestos a riesgos muy diversos. En el año 2015 llegaron a fallecer por accidentes de trabajo mortales en los puertos  españoles 51 trabajadores portuarios, lo que da idea de su alta siniestralidad laboral.
Obviamente, tendrán que mantenerse las condiciones laborales y salariales de los actuales trabajadores portuarios, garantizar su continuidad y respetar los acuerdos alcanzados con la patronal en la negociación colectiva, pues no tendría sentido prescindir del actual colectivo cualificado y preparado e incorporar a personas sin cualificación y que necesitarían años para tener la profesionalización que poseen los actuales estibadores. Todo ello, excepto que hubiera presiones o intenciones de grandes compañías u organizaciones multinacionales para entrar en los puertos con un empleo precario que desestabilice nuestro régimen portuario, afectando seriamente a la economía nacional. El Gobierno no debiera entrar en ese juego especulativo.
Algeciras a 15 de febrerote 2017
Patricio González
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