Patio de monipodio

Cañamero

Quien la haga que la pague” dicen los ultras. Pero sin preguntarse “¿qué ha hecho Cañamero?”, elemental elemento para decidir qué debería pagar...

Quien la haga que la pague” dicen los ultras. Pero sin preguntarse “¿qué ha hecho Cañamero?”, elemental elemento para decidir qué debería pagar. La Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, detalla y clarifica la diferencia entre “hurto” (art. 234-235) y “robo” (art. 237 a 242). Para el primero impone una multa de uno a tres meses (máximo), si la cuantía no excede de 400 euros, cantidad de imposible cabida en un carrito de supermercado, salvo que fueran jamones bien ordenaditos. Por lo tanto, decir que el líder sindical “robó” en un super es una falsedad que podría constituir delito de calumnia, injuria o difamación. La detención en el punto de salida de una marcha jornalera, es llamativa en exceso, raya lo espectacular y tiene visos de aviso “ejemplarizante”, de amedrentamiento general. Parecen no enterarse que a los jornaleros no les queda nada qué perder. Una marcha para exigir la libertad de un sindicalista prisionero, debe molestar, seguro, a quienes lo encierran y a los responsables finales de su protesta, que no son quienes protestan, sino quienes les hacen sufrir las condiciones que les llevan a la protesta.

Eso sí que debería preocupar a las autoridades, administrativas y judiciales; pero, al parecer, aún no se han percatado de lo revolucionario que es el hambre. Y lo reaccionarios que son quienes lo provocan y lo mantienen. Incluso en una situación de adormecimiento inducido, como la actual, mantenerla podría provocar un estallido que nadie quiere. Al menos, no los de abajo. Si el estallido pudiera interesar a la Administración o al capital, deberían explicar por qué y para qué.

Choca. Pues ni el concejal presuntamente agredido acepta la sentencia, ni presentó denuncia la empresa del supermercado. Imposible sustraerse a la comparativa. Imposible no extrañarse de la “rectitud” y “diligencia” de la justicia en este caso, mientras se inhiben en delitos ecológicos o económicos si no hay denuncia. Imposible no asociar la lentitud de procedimiento en EREs, púnica, gúrtel, cursos de formación, Puyol, y todos los grandes defraudadores del Estado. Aquí surge la pregunta, inocente, porque la mente humana se confunde con relativa facilidad: ¿Se castiga al SAT por molesto? ¿Por eso se actúa contra sus dirigentes? Es sólo una pregunta, no se lo tomen a mal; una inocente pregunta hecha sobre la creencia (¿o querencia?) de disfrutar democracia.

Pues no estaría mal actuar con contundencia contra los acaparadores de billetes de 500€. Y, en vez de dejar de imprimirlos, quitarlos radicalmente de la circulación. Que los ambiciosos adoradores de dinero, que agudizan la crisis con su avaricia al disminuir el circulante, puedan saborear sus billetes fritos o a la plancha, como más placer aporte a su refinada angurria. Seguramente, sin duda, es lento el procedimiento contra el fraude. (Tan lento que vemos como muchos se van librando por prescribir sus reprobables acciones). Una pena, que lo rápido y fácil para la Justicia sea detener a jornaleros en sus casas, o al comienzo de una marcha de protesta. No se afirma aquí que los jueces manipulen a su antojo. Pero que el sistema necesita un zarandeado bien serio, es algo que no admite duda.

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