El juez Adolfo Carretero, que instruye el denominado 'caso Mascarillas', ha decidido procesar a los empresarios Luis Medina y Alberto Luceño por los delitos de estafa agravada al Ayuntamiento de Madrid y falsedad documental por la compraventa de material sanitario en plena pandemia por coronavirus.
En el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, se indica asimismo que Luceño se enfrenta a los delitos de falsedad en documento mercantil y delito fiscal. Sin embargo, ninguno de los dos será procesado por delito de blanqueo de capitales, ya que los acusados "no trataron de ocultar el dinero percibido de las comisiones ni intentaron hacer desaparecer el mismo".
De esta forma, el magistrado transforma las diligencias en procedimiento abreviado de cara a la celebración de un juicio. Ahora las partes personadas se pronunciarán, en un plazo de diez días, sobre si solicitan el archivo o la apertura de juicio oral.
El magistrado sostiene en el escrito que las compraventas en las que intervinieron constituyen un caso de "negocio jurídico criminalizado al haber engañado al Ayuntamiento de Madrid, ocultando con dolo unas comisiones excesivas para cualquier tipo de negocio, sin tener poder alguno de la empresa vendedora y con falsedad de documentos mercantiles".
Continúa aseverando que se "enriquecieron" con ello y "perjudicaron" al Patrimonio Municipal en bienes de primera necesidad, como era en el momento de la venta los materiales sanitarios "y en cantidad superior a 50.000 euros". El magistrado también apunta que Alberto Luceño "engañó al propio Luis Medina en el reparto de comisiones" y que "fijó unilateralmente".
Respecto a Medina se asegura que "sabía que los documentos que presentó al Deutsche Bank para justificar el ingreso de su comisión no eran auténticos, permitiendo su firma en los mismos".
En relación con la falsedad documental que se achaca a Alberto Luceño, en el auto se recoge que "elaboró documentos falsos para justificar la comisión y, además, se los facilitó al investigado Luis Medina para que los utilizase exhibiendo algunos en la contratación para justificar el engaño".
Si bien, se ordena el sobreseimiento de la acusación de alzamiento de bienes que se imputaba a Luis Medina porque, detalla, "aunque es cierto que Luis Medina Abascal, tras su declaración en la Fiscalía Anticorrupción el 13 de abril de 2021, realizó disposiciones patrimoniales, dejando la cuenta corriente donde ingresó la comisión de 1.000.000 de dólares USD en 249,26 euros, también lo es que tenía un crédito a su favor por haber sido declarado heredero de su abuela paterna".
Los hechos que se pretenden juzgar tienen su origen en el año 2020 cuando, en plena emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, ambos acusados intermediaron en la venta de guantes y mascarillas al Consistorio madrileño. De esta operación obtuvieron comisiones millonarias.
De este modo, en el escrito se recogen como "hechos indiciariamente probados" que "los investigados urdieron un plan para obtener, con la excusa de altruismo y ayuda al Ayuntamiento de Madrid, el mayor beneficio económico posible, a costa del erario municipal, consistente en la intermediación para la compra de grandes cantidades de material sanitario, de una empresa malaya".
Se señala a Luceño como "el principal gestor del plan preconcebido" mientras que Luis Medina, hijo de la exmodelo Naty Abascal, se valió de "su condición de personaje público y famoso, por ser hijo del Duque de Feria (...) y salir en las revistas del corazón y la televisión".
"Con manifiesta ventaja sobre otros posibles ofertantes de material, el investigado Luis Medina proporcionó los datos necesarios a su amigo Alberto Luceño para que iniciase las gestiones de la oferta de material sanitario", añade el escrito.
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