Igualdad de trato y Europa

Esta sentencia sin duda supone un avance en un derecho laboral como el nuestro que ha sido literalmente devastado en los últimos diez años

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Una de las importantes ventajas de la entrada de España en la Unión Europea, entonces Comunidad Económica Europea, era la posibilidad de alcanzar los estándares de derechos sociales de que disfrutaban las mujeres y los trabajadores de esos países, cuyo nivel de desarrollo distaba mucho del páramo falsamente proteccionista de la España franquista..
Y esa entrada produjo de inmediato una obligación de desarrollar las Directivas Comunitarias en materia de igualdad y de derecho laboral, que consiguieron niveles muy parecidos a los países europeos en unos pocos años. Así, el concepto de igualdad de retribuciones a igual trabajo, o el de la discriminación indirecta para las mujeres, que obligó a nuestro estado a igualar las cotizaciones en materia de jubilación para los contratos a tiempo parcial, bajo la presunción de que esos contratos afectaban muy mayoritariamente a mujeres, cuya aportación al mercado laboral se compatibiliza todavía con las funciones de maternidad y de cuidado del hogar.
Ahora el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, acaba de dictar una sentencia la semana pasada, en la que estima la cuestión prejudicial de un Juzgado de Madrid, en relación con la discriminación de una mujer que prestó servicios por diez años en el Ministerio de Defensa, y fue despedida sin indemnización al tratarse de una interinidad por sustitución de un delegado sindical. El Tribunal con acertado criterio interpreta que el Estado español  no ha traspuesto correctamente a nuestro ordenamiento laboral la Directiva Comunitaria 1999/70/CE, y se ha producido una discriminación entre esta trabajadora y cualquier otro trabajador fijo sin ninguna justificación, dado que se realizaron las mismas funciones de secretaria y en las mismas condiciones de trabajo.
Esta sentencia sin duda supone un avance en un derecho laboral como el nuestro que ha sido literalmente devastado en los últimos diez años. La fijeza en el empleo, la seguridad en el trabajo, el trabajo de jóvenes y mujeres, la arbitrariedad en el cambio de las condiciones laborales, y la discrecionalidad en el despido, encuentran en Europa unos límites que nuestro estado no es capaz de tutelar.
Finalmente, hemos encontrado algún motivo para sentirnos orgullosos de ser europeos.

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