La Audiencia de Teruel ha condenado a penas que suman 27 años de prisión a Pedro Lozano Giménez, conocido como el Rambo de Requena, por el intento de homicidio de dos guardias civiles a los que disparó mientras le perseguían en los estertores de su fuga por las sierras turolenses, uno de los cuales resultó herido de gravedad.
En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal imputa al procesado dos delitos de homicidio en grado de tentativa, uno con el resultado de lesiones graves, que castiga con penas de 11 y 9 años de prisión, respectivamente.
La Audiencia turolense responsabiliza también al acusado de otros delitos por tenencia ilícita de armas (9 meses), robo continuado en casas habitadas (4 años y 6 meses), hurto de vehículos (multa 2.160 euros), conducción temeraria (1 años) y coacciones (9 meses).
Además, le condena a pagar una indemnización de 235.233 euros al agente que resultó herido de gravedad y de 615 al segundo por las lesiones leves sufridas.
La presencia en la provincia de Teruel del Rambo de Requena fue detectada en junio de 2020, después de protagonizar diversos delitos violentos en la Comunidad de Valencia y protagonizar una larga fuga por zonas boscosas y de campo.
El tribunal considera probado que Pedro Lozano se refugió en una casa ubicada en el municipio turolense de El Castelar hasta el 8 de junio de ese año, momento en el que decidió reanudar su fuga.
Tras ser detectado, el acusado se dirigió hasta la población de Muniesa, donde quedó arrinconado en un callejón sin salida, en el que se enfrentó a los dos agentes que le perseguían, uno de los cuales resultó herido de gravedad en brazo y abdomen con la escopeta que portaba.
Finalmente, tras estrellar un vehículo en Andorra y obligar a un conductor a que le llevara en dirección a Albalate del Arzobispo, Lozano se apeó de este ultimo coche y continuó su camino a pie, antes de ser interceptado en una zona agreste, donde tras enfrentarse a los agentes que le perseguían, recibió un disparo mientras trataba de ocultarse en unos arbustos.
El representante de la acusación popular en nombre de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) se sumó a la petición de la fiscalía mientras que el de la particular en nombre de los dos guardias civiles, ostentada por el letrado Jorge Piedrafita, elevó la petición de condenas hasta los 61 años al entender que los delitos debían ser valorados como tentativa de asesinato con alevosía.
Sin embargo, la Audiencia de Teruel no aprecia la concurrencia de la "alevosía necesaria" para calificar los hechos de asesinato, argumentando que los agentes tiroteados "estaban apercibidos" de que la persona que viajaba en el vehículo y que estaba atrapada en el callejón estaba siendo perseguida como sujeto peligroso que llevaba una escopeta, que había disparado con ella y se le buscaba por una pluralidad de delitos en la zona.
Añade, además, que el acusado antes de salir del vehículo estuvo manipulando un objeto que tenía sobre el asiento del copiloto y ello fue visto por los agentes, que pronto identificaron a la persona que viajaba en el interior del coche.
Y destaca, por otra parte, que aunque pudo finalmente huir tras el tiroteo, el acusado, al estar atrapado en un callejón sin salida, con un vehículo de la Guardia Civil que obstruía su camino y la presencia de dos agentes armados, "lo probable es pensar que se rendiría".
El representante de la acusación particular ha valorado de forma positiva la sentencia, aunque ha anunciado, en declaraciones a Efe, que estudiará la posibilidad de recurrirla para reclamar que se valoren los hechos como dos delitos de tentativa de asesinato con alevosía.
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