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Violaciones y mala suerte

Los 237 folios, lejos de mostrar un celo profesional, son muestras evidentes de un EGO, que se lo pisa. Una pena y mala suerte de la víctima

Publicado: 02/05/2018 ·
16:43
· Actualizado: 02/05/2018 · 16:43
Autor

Rafael Fenoy

Rafael Fenoy se define entrado en años, aunque, a pesar de ello, no deja de estar sorprendido cada día

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En este blog se pretende compartir análisis, reflexión y algo de conocimiento contigo persona lectora

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La reciente sentencia, aún no firme, contra los componentes de la “manada”, está permitiendo la manifestación de una indignación generalizada rechazando la calificación de los delitos. Los culpables, porque la sentencia es condenatoria, lo son de algo que se define por palabras y antes que de la palabra está la intención de utilizarla. Los jueces, responsables de sus  pensamientos, como humanos que son,  nunca exentos de prejuicios. Por lo que el discurso jurídico de que los hechos, y sólo los hechos, determinan el enjuiciamiento, quiebra estrepitosamente en este caso.

La victima además de violada ha tenido “mala suerte”, ya que en el fondo una vez situados los magistrados “ideológicamente”, que es lo que indigna y da miedo al mismo tiempo, uno de ellos utilizando la sentencia pretende ajustar cuentas con los otros dos.  Que erróneamente  eligen la palabra precisa que establecerá el curso legal de la sentencia.  ¿Abuso? O ¿Agresión? Sólo el uso de una de estas dos palabras está generando un incendio social como pocos en esta España que bosteza democracia.

Y es que separar los elementos que confluyen en la materialización de un delito permite, a quienes utilizan la ley para burlar la justicia, salirse con la suya y reducir, y reducir, la responsabilidad de haber cometido una barbaridad hacia otra persona. Sólo el hecho de cometer el delito en grupo, que en la  pasada  dictadura era un agravante extremo, es muestra evidente de que la voluntad de los  delincuentes era muy dañina.

Para más INRI, el tercer magistrado juez Gonzales, con la más que posible intención de ajustar cuentas con los otros magistrados, emite una voto particular exculpatorio, en un total de 237 folios, ¡que ya le vale!, ya que la sentencia tiene  371 folios y dos terceras partes de ella  se redactan para acabar concluyendo que el testimonio de la víctima tiene un valor relativo. Y ahora viene lo bueno: pese a que cumplan los criterios de "verosimilitud, ausencia de incredibilidad subjetiva y persistencia en la incriminación”. ¿En qué quedamos? Los 237 folios, lejos de mostrar un celo profesional, son muestras evidentes de un EGO, que se lo pisa. Una pena y mala suerte de la víctima. Con lo fácil que resulta preguntarse: ¿Qué pretenden hacer 5 tipos, que están denunciados por idénticos delitos, en otra localidad,  con una joven en un portal?  Las defensas deberían probar, más allá de toda duda razonable, que la víctima, pedía, reclamaba insistentemente  que la “manada” le hiciera la maldad que le  hicieron.  Y aunque una persona pida, el culpable es el que lo hace. Escándalo mayúsculo como otro caso ocurrido en 2017 en el que los magistrados descartaron la “agresión sexual” al consideran que los abusos sexuales a una niña de 5 años se produjeran sin violencia.

Fdo Rafael Fenoy Rico

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