Nueva ordenanza para solucionar la problemática de los solares abandonados

Publicado: 04/02/2016
Los terrenos que no cumplan con las condiciones exigidas en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía serán incluidos en un registro municipal de edificaciones ruinosas
El Ayuntamiento de Torremolinos ha informado que ya se ha puesto en marcha el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, recogido en la nueva ordenanza número 64, que pretende acabar con la situación de terrenos abandonados que no cumplan con las condiciones de edificación, rehabilitación y conservación recogidas en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

“En Torremolinos han proliferado en los últimos años numerosas edificaciones y solares en ruinas, en mal estado de conservación o con obras paralizadas como consecuencia de la crisis que se ha cebado especialmente con el sector inmobiliario, una situación que debemos atajar cuanto antes por la imagen de nuestro municipio y por supuesto por el bienestar de nuestros vecinos”, ha asegurado Maribel Tocón, concejala de Disciplina Urbanística.

Esta ordenanza  permitirá al Ayuntamiento poder actuar en estos casos y exigir a los propietarios que adopten las medidas necesarias para garantizar las condiciones adecuadas de seguridad, salubridad y ornato público. “De esta manera el registro servirá como instrumento fundamental para impedir la especulación y para la renovación y evolución urbanística de nuestra ciudad”, ha terminado la primera teniente de alcalde.

El expediente de inclusión de un inmueble en el registro podrá hacerse por iniciativa del Ayuntamiento, a petición de otra administración pública o a instancia de cualquier ciudadano en casos de solares sin edificar, construcciones paralizadas por abandono o suspendidas, así como las edificaciones inadecuadas, deficientes o ruinosas. Una vez notificado e incoado al propietario sobre su deber de edificar o rehabilitar, la finca en cuestión se incluirá en el Registro Municipal de Solares y Edificaciones Ruinosas, pudiendo llegar a la enajenación forzosa y convocatoria de concurso para la sustitución del propietario en caso de que no se cumplan los plazos establecidos.

Una vez que estos terrenos sean incluidos en Registro Municipal de Solares y Edificios Ruinosos, el Ayuntamiento actuará de oficio periódicamente en el caso de solicitudes de particulares referentes al acondicionamiento y desbroce de terrenos. “Hasta ahora cada año se recibían numerosas quejas de los vecinos para determinados solares, por lo que de esta manera no hará falta que se vuelva a solicitar al Ayuntamiento, sino que se solicitará automáticamente al propietario”, ha aclarado Maribel Tocón.

Tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), los vecinos ya pueden formular sus peticiones en del Registro General del Ayuntamiento a través de un escrito con los datos de la parcela en cuestión.

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