Ningún voto en contra en el Pleno de Sevilla para restringir las casas de apuestas

Publicado: 18/03/2021
El Pleno ha aprobado la modificación del PGOU que plantea esta distancia de seguridad con el voto a favor de PSOE y Adelante
El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, reunido en sesión ordinaria, ha aprobado este jueves y de manera inicial una modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) que protege el entorno de los centros educativos de la capital de la implantación de salones de juegos y casas de apuestas, alejando, pues, estos establecimientos de la influencia sobre las y los escolares. Para ello, fija un área de protección urbanística de 150 metros alrededor de los centros donde estudian los menores, de forma que dentro de este límite no se puede implantar ninguna actividad de casas de apuestas o salones de juego. Se trata de una iniciativa que, propuesta desde la Delegación de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, se sustenta sobre criterios de proporcionalidad, justificación de la necesidad  y competencias municipales, fórmula que permite que la modificación pueda ser tramitada con seguridad jurídica sin invadir competencias de otras administraciones, y en todo momento pensando en la defensa de los niños y adolescentes. 

“Este es un asunto de interés general. El riesgo de adicción al juego se recrudece en los colectivos más vulnerables y entre estos están nuestros jóvenes. La modificación se argumenta sobre informes de Salud y, en cuanto a las competencias municipales, cuenta con el aval de la Secretaria General del Ayuntamiento, al tiempo que cumple con una moción aprobada en su día por unanimidad en el Pleno municipal”, según ha argumentado el delegado de Hábitat Urbano, Cultura y Turismo, Antonio Muñoz, sobre una propuesta que finalmente ha sido aprobada con los votos favorables de PSOE y Adelante Sevilla y la abstención ahora del resto de grupos (Ciudadanos, PP y VOX).

Tal modificación del PGOU se plantea una vez que expira el escudo protector frente a las casas de apuestas y salones de juego con el que, según ha recordado Muñoz, se dotó la capital hispalense a través de una moratoria que ha impedido durante 15 meses la concesión de nuevas licencias, ampliaciones o reformas para negocios de este tipo. “Y si no se hubiera aprobado la modificación hoy, cualquier nueva licencia que se hubiera presentado ante la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente para un establecimiento a 50 o 100 metros de un colegio y que tuviera la documentación en regla, se hubiera tenido que conceder”, ha agregado. Es decir, esta modificación inicial del PGOU permite desechar ya cualquier solicitud de licencia si no respeta el perímetro de los 150 metros.

Se ha trabajado para evitar un conflicto de competencias con la Junta de Andalucía y un marco de inseguridad jurídica. Para ello, se centra en la ordenación urbanística de la actividad de las casas de apuesta y salones de juego y su compatibilidad con el área de influencia de los centros educativos, dado su impacto demostrado sobre la salud pública. Así, se establecer una “zona de protección de 150 metros de todas las parcelas ocupadas o previstas para centros de enseñanza reglada no universitaria ” . En este entorno no se puedan desarrollar estas actividades.

La distancia de 150 metros es la misma cifra incluida en el borrador de decreto que modificará el reglamento autonómico de establecimientos de juego presentado por la Consejería de Hacienda de forma que no la normativa urbanística municipal se adecue a la autonómica. Al mismo tiempo, esta distancia se considera por parte de los servicios jurídicos como una medida “proporcionada” puesto que elevarla a 500 metros supondría en la práctica impedir la implantación en el término municipal una decisión que, de acuerdo con los Servicios Jurídicos, excede las competencias urbanísticas del Ayuntamiento de Sevilla.

Los informes jurídicos dicen que las competencias en la regulación de la actividad de los salones de juego o casas de apuestas son autonómicas con el actual marco legal. No obstante, abren la posibilidad a que, en el ámbito urbanístico, se puedan adoptar medidas municipales que de acuerdo con los criterios de “proporcionalidad, no discriminación y necesidad” puedan ordenar el desarrollo de esta actividad y su compatibilidad con otros usos urbanísticos.

Con este inicio de la modificación del PGOU, tras encontrar una opción con todas las garantías jurídicas, se continúa con la tramitación iniciada en diciembre de 2019 por el Consejo de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente y el Pleno, que ha permitido que hasta el momento en la ciudad de Sevilla hayan estado suspendidas por completo las declaraciones responsables y licencias vinculadas a la actividad de casas de apuestas y salones de juego en la ciudad.

Dentro de los plazos de esa suspensión, el equipo de gobierno ha realizado distintos estudios sobre las posibilidades de ordenación de esta actividad en el marco de las competencias municipales, hasta que el pasado enero la Consejería de Hacienda empezó a dirigirse a todos los ayuntamientos, entre ellos Sevilla, para advertirles de que, en su opinión, no se debían realizar modificaciones del PGOU para regular las casas de apuestas dado que se iba a producir una regulación autonómica que, sin embargo,  aún no se ha aprobado.

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