Sevilla

Condenado a 37 años el acusado de matar a su mujer en Palmete

El ya condenado asestó varias puñaladas a su pareja e hirió de gravedad a una prima de la víctima, tras lo que huyó en una bicicleta robada a un niño

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai Publicidad AiPublicidad Ai
  • Juicio por el crimen machista de Palmete. -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a 37 años de cárcel al hombre acusado de matar en Palmete de varias puñaladas a su ex mujer y de herir de gravedad a una prima de la víctima en el mes de junio de 2017 en la capital hispalense, tras lo que huyó del lugar en una bicicleta que robó a un menor de 12 años.
 
Tras el veredicto de culpabilidad emitido la pasada semana por un jurado popular, la Audiencia condena al acusado, por un delito de asesinato con las agravantes de parentesco y de género, a 19 años de prisión, privación de la patria potestad y la prohibición de acercarse y comunicarse con los padres y los cuatro hijos de la fallecida durante 24 años, imponiéndole asimismo 14 años de cárcel y la prohibición de acercarse a menos de 500 metros o comunicarse durante 24 años con la prima de la víctima por un delito de asesinato en grado de tentativa.
 
En la sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Audiencia condena además al acusado a 1 año de cárcel por un delito de quebrantamiento de medida cautelar con la agravante de reincidencia, ya que en 2010 fue condenado en firme a 6 meses de prisión por otro delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar, y a 3 años de prisión por un delito de robo con intimidación.
 
Asimismo, y en concepto de responsabilidad civil, el acusado deberá indemnizar con 471.730 euros a los padres, hijos y hermanos de la víctima, que contaba con 39 años de edad cuando falleció, así como con 50.829 euros a la mujer herida por las lesiones y secuelas sufridas a consecuencia de la agresión.
 
Según recoge la sentencia, el jurado consideró probado que el acusado estuvo casado con la víctima hasta su divorcio en 2008, si bien posteriormente ambos reanudaron la convivencia, teniendo tres hijos en común, dos de ellos menores de edad en la fecha de los hechos.
 
Por auto de 25 de julio de 2015, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Sevilla impuso al acusado la prohibición de aproximarse a su ex mujer y a menos de 300 metros de su domicilio, así como de comunicarse con ella por cualquier medio, pero, “pese a tener conocimiento de dicha prohibición”, sobre las 16,00 horas del 24 de junio de 2017 acudió a las inmediaciones del domicilio de su ex pareja “al saber que estaba en casa de su prima”, ubicada muy próxima a la anterior, “y las esperó agazapados entre dos coches”.
 
Sobre las 18,15 horas, la víctima salió del domicilio de dicha familiar en compañía de su hijo de 6 años, de su prima y de la pareja de ésta. La prima de la fallecida, “al observar que le hacía gestos una vecina que había visto al acusado escondido entre dos vehículos aparcados, se dirigió a ella”, encontrándose con el acusado, quien extrajo “de manera sorpresiva e inopinada” un cuchillo de 20 centímetros de largo y le asestó una “fuerte” puñalada en el abdomen, causándole heridas que “pusieron gravemente en peligro su vida, pues de no haber recibido atención médica urgente, hubieran sido letales para la misma”.
 
El condenado asestó esta puñalada “con la intención de causarle la muerte, que no se produjo gracias a la inmediata asistencia recibida”, según declaró probado el jurado, que en su veredicto también vio probado que la prima de la fallecida “se encontró indefensa ante la imprevisible acción de aquel, pues no pudo reaccionar para eludir la agresión”.

Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN