Sevilla

Los patinetes podrán circular por la calzada en vías 30

El Gobierno local ha aceptado dos alegaciones a la ordenanza de circulación de vehículos eléctricos

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  • Un patinete por Sevilla. -
  • El texto final de la ordenanza mantiene que no pueden ir ni por aceras ni por zonas peatonales
  • La norma estaría así preparada para el nuevo decreto de la DGT
  • Las empresas de alquiler certificarán que su documentación está regla con una simple pegatina en los patinetes

La ordenanza de circulación para el uso de vehículos eléctricos que llevará el Gobierno municipal a Pleno el próximo día 19 para su aprobación definitiva incluye una modificación sustancial con respecto al texto aprobado inicialmente.

El cambio, uno de los dos que se han aceptado en el proceso de estudio de las alegaciones presentadas, supone que finalmente se permitirá a los usuarios de patinetes circular por la calzada en vías 30 (vías en las que no se puede circular a más velocidad que ésta).

La Asociación para la movilidad personal ecológica de Sevilla (AMPES) alegó contra la ordenanza aprobada provisionalmente porque en ella se recogía que los vehículos eléctricos sólo podían circular por los carriles bici. Ni por aceras, zonas peatonales ni en calzadas salvo en zonas declaradas 30 o 20 (zonas que en el caso de Sevilla se concentran en el Centro).

En su alegación, Eduardo García Blanco, en calidad de socio fundador y representante de AMPES, argumentaba: “Aunque nuestra ciudad cuenta con una gran red de carriles bici, no es capaz de llegar a todos los barrios, lo cual supone un gran problema de movilidad para las personas que utilicen” vehículos eléctricos. Por eso, pidió “extender el permiso de circulación para los vehículos eléctricos a las calzadas de un solo carril” ya que esto “permitiría acercar la movilidad a zonas con poca o nula cobertura de carriles bici”.

El Ayuntamiento ha entendido “conveniente” aceptar “parcialmente” la alegación, permitiendo la circulación con patinetes “en las calles con un único carril de un sentido cuya velocidad máxima sea de 30 km/h, siempre que en los mismos no existan vías ciclistas y la circulación se produzca por el centro de la calzada”.

Esto supone que el artículo de la ordenanza referido al uso y régimen de circulación queda de la siguiente manera: "Estos vehículos podrán circular por las vías ciclistas de la ciudad. No se permite su circulación por aceras, zonas peatonales, ni en calzada salvo en zonas declaradas como Zona 30 o 20 y en las calles con un único carril de un sentido de circulación cuya velocidad máxima permitida está limitada como máximo a 30 km/h, siempre que en los mismos no existan vías ciclistas y la circulación se produzca por el centro de la calzada". 

De esta forma, además, la ordenanza ya estaría preparada para la entrada en vigor del nuevo decreto de la Dirección General de Tráfico, en el que se prevé que prácticamente en todas las calles urbanas de un sentido se fije una velocidad máxima de 30 km/h.

La segunda y última de las alegaciones aceptada por el Gobierno municipal tiene que ver con la posibilidad de ue las empresas de alquiler de patinetes puedan acreditar que tienen toda la documentación en regla con una simple pegatina. Una empresa había alegado la “imposibilidad material que existe de portar toda la documentación técnica del vehículo por el usuario”, ya que aquel no tiene ningún espacio físico donde guardarla.    

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