Sevilla

Ya se pueden presentar alegaciones a la ordenanza de patinetes

El Boletín Oficial de la Provincia publica la aprobación en el Pleno de la modificación de la ordenanza. El plazo para las reclamaciones es de 30 días hábiles

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  • Una persona circula por una calle peatonal en patinete. -
  • La aplicación de esta ordenanza correrá a cargo de la nueva corporación que salga de las urnas el 26 de Mayo
  • El proyecto aprobado por el Pleno fija multas que van desde los 50 a los 400 euros

El Boletín Oficial de la Provincia publica hoy la modificación de la Ordenanza de Circulación de Sevilla, aprobada en el Pleno del pasado 29 de marzo, para que las organizaciones o entidades que quieran presentar alegaciones puedan hacerlo en los próximos 30 días hábiles a contar desde mañana. En el caso de que no se presentaran reclamaciones, “se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo”, aclara el texto publicado en el boletín de la Diputación de Sevilla.

La aplicación, por tanto, de esta nueva normativa de circulación que regulará los patinetes eléctricos, los monociclos, los segway (de uso turístico) y los hoverboard (plataformas eléctricas sin sujeción para las manos) correrá a cargo de la nueva corporación que salga de las urnas el próximo 26 de mayo.

La ordenanza fija una velocidad máxima que no podrá superar los 15km/h en las vías ciclistas. De hecho, sólo se podrá ir por el carril bici. Nunca por aceras ni por zonas peatonales ni por la calzada, salvo en el caso de que esa calzada sea una zona 30 o 20. Si la vía ciclista es compartida con el peatón (caso de la Avenida o San Fernando, por poner sólo dos ejemplos del Centro histórico), la velocidad máxima baja a 10 km/h. En el supuesto de que el patinete vaya por una calzada 30 o 20, el usuario podrá ir a un máximo de 25km/h.

Los menores de 15 años que los lleven tendrán que ir por los carriles bici, deberán ir acompañados de un adulto y con el casco puesto. En relación con el lugar en el que dejarlos aparcados, la modificación propuesta para la ordenanza impide que se usen aceras o zonas peatonales. Tampoco se podrán dejar amarrados al mobiliario urbano, árboles, señales de tráfico o aparcamientos de bicicletas. Habrá, por tanto, espacios específicos para este tipo de vehículos.

El proyecto aprobado inicialmente en el Pleno prohíbe taxativamente el uso de auriculares o móviles y obliga al uso de luces por las noches. Los propietarios de segway, que sólo podrán circular si tienen autorización del Consorcio de Turismo previo informe del Área de Movilidad, tendrán dos años para adaptarse a las nuevas normas. El resto dispondrá de un plazo de tres meses una vez entre en vigor el nuevo reglamento.

Los usuarios que incumplan las normas de circulación se enfrentarán a multas que van desde los 50 a los 400 euros.  

Serán consideradas infracciones leves la utilización de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores de sonido u otros dispositivos, carecer o no hacer uso del sistema de alumbrado en los casos previstos en esta Ordenanza y transportar viajeros excediendo el uso unipersonal, entre otras. Serán graves exceder de la velocidad máxima permitida en el régimen de circulación previsto, circular por las zonas no permitidas, vulnerar la edad mínima de circulación de 15 años y no utilizar el casco de uso obligatorio para menores de 15 años en los casos en que circulen acompañados de un adulto, recoge el documento presentado esta misma mañana.

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