La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a C.B.M., un varón de 47 años de edad, a cuatro años de prisión como autor de dos delitos de abuso sexual contra dos menores de edad, hijos de una amiga, unos hechos que ocurrieron en enero de 2015.
Igualmente, se le prohíbe acercarse a menos de 150 metros de los menores, de diez años de edad, así como a su domicilio y centro escolar, así como comunicarse con ellos, durante un periodo de cinco años, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press. En concepto de responsabilidad, el condenado deberá indemnizar a cada uno de los hermanos en la cantidad de 1.500 euros por el daño moral causado.
Durante la celebración del juicio, que tuvo lugar esta semana, el Ministerio Fiscal formuló conclusiones definitivas y consideró al acusado autor de dos delitos de abuso sexual a menor de 13 años, por lo que solicitaba la pena, por cada uno de los delitos, de prisión de dos años.
El acusado mostró su conformidad con tal calificación, penas y términos solicitados pro la Fiscalía, y ello fue aprobado por su letrado, por lo que en el mismo acto de la vista se dictó sentencia 'in voce', que ha sido redactada en idénticos términos de la conformidad, que fue aceptada por las partes y declarada firme.
La defensa de C.B.M. solicitó la suspensión de las penas de prisión impuestas, a lo que no se opuso el Ministerio Público siempre que fuera condicionada al pago de las responsabilidades civiles, a la participación en programas de educación sexual y a la realización de trabajos en beneficio de la comunidad, a lo cual no se opuso el acusado ni su defensa, por lo que ha sido concedido dicho beneficio.
En concreto, se suspende por cuatro años, a contar desde ya, la ejecución de las penas, condicionada dicha suspensión a que no vuelva a delinquir durante este tiempo, a que abone las responsabilidades civiles impuestas, a razón de pagos periódicos de 300 euros mensuales, a que participe en programas de educación sexual y a que realice trabajos en beneficio de la comunidad durante cinco meses por cada uno de los dos delitos.
Los hechos probados y recogidos en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, exponen que el día 17 de enero de 2015, sobre las 10,00 horas, el acusado, con antecedentes penales, se encontraba en el velador de un bar en la Alameda de Hércules de la capital andaluza con la madre de los menores, un amigo de ésta y los dos hermanos, de diez años de edad.
La madre de los menores abandonó el establecimiento con su amigo, permaneciendo allí los niños en espera de unos amigos, residentes en la zona, con los que habían quedado al ser día no escolar. Las víctimas de abuso, como sus amigos no llegaba, se dirigieron a una calle del entorno de la Alameda para ver si uno de ellos bajaba desde su casa.
El acusado, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, siguió a los dos hermanos y, una vez en esa calle, que forma un callejón, se sentó sobre un pivote, colocando a cada uno sobre una rodilla, "tocándoles sus partes más íntimas tanto por fuera como bajo la ropa, al tiempo que les preguntaba si les gustaba, instándoles a que le acompañaran a su casa, donde seguro que lo pasarían muy bien".
Los menores se zafaron del acusado, huyendo del lugar en dirección a la Plaza de San Leandro, desde donde llamaron a su madre que los recogió.
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