La Policía Nacional ha detenido en Sevilla en el primer cuatrimestre del año a seis personas por ser los presuntos autores de estafas y simulaciones de delito cometidos desde diciembre de 2013 con armas de fuego incluidas.
En todos los casos, los ahora detenidos denunciaron falsamente haber sido víctimas de robos extremadamente violentos por parte de uno o varios agresores, que emplearon armas de fuego para intimidarlos.
Así, en diciembre dos empleados de un establecimiento de hostelería de la capital manifestaron que a la hora de cerrar una cervecería del barrio de Nervión dos individuos encapuchados se introdujeron en el mismo y apuntándoles con una escopeta de cañones recortados y una pistola sustrajeron la recaudación.
También en diciembre, un joven de Torreblanca denunció que cuatro desconocidos le habían abordado cuando transitaba por la vía pública y tras vendarle los ojos lo trasladaron a la fuerza a un piso desconocido, donde lo retuvieron durante cuatro días al objeto de que no compareciera en un juicio por narcotráfico en calidad de testigo.
Ya en enero de este año, el conductor de una furgoneta de reparto dijo que cuando se encontraba trabajando en un polígono fue abordado a través de la ventanilla del vehículo por dos personas que le mostraron una pistola para intimidarle: "Si no me das la cartera te pego un tiro" y sustraerle la recaudación del día.
En marzo, el empleado de un bar manifestó que dos varones, de los que aportaba incluso una detallada descripción tanto del físico como de las vestimentas y de la pistola que empleaban, asaltaron el establecimiento para robarle la recaudación, su teléfono móvil y diez botellas de bebidas alcohólicas.
Mientras que, ya en abril, se produjo la cuarta denuncia consecutiva del propietario de un bar del distrito sur, lo que supuso a vista de los investigadores un modus operandi que consistía en realizar estas denuncias falsas de manera sistemática todos los meses.
En todos los casos, ante la gravedad de los hechos denunciados, el trabajo policial fue "inmediato y exhaustivo", aplicándose los protocolos pertinentes desde el mismo inicio, tanto por los primeros patrulleros comisionados por la Sala Operativa del 091, como a la llegada a los diversos escenarios de las dotaciones especializadas de Policía Científica y del Grupo de Atracos.
En todos los casos, en virtud de las diligencias desarrolladas por los investigadores, un elevado número de incongruencias se hacía evidente y tras las pesquisas necesarias en todos ellos quedó ampliamente demostrado que los ilícitos denunciados no habían tenido lugar.
Se trataba de una serie de acciones realizadas por los mismos denunciantes para sustraer el dinero de la caja de los establecimientos donde estaban empleados, o bien, por parte de los dueños de los mismos, para defraudar al seguro.
En el caso de la detención ilegal del supuesto testigo, resultó que era éste el que iba a ser juzgado por amenazas graves a la actual pareja de su exnovia, juicio al que no compareció mientras que permanecía en su casa haciendo vida normal, lo que fue atestiguado por numerosas personas.
Por todo lo anterior se detuvo a estas seis personas, esclareciendo un total de nueve falsos robos con armas de fuego y una detención ilegal. Todos ellos quedaron en libertad con cargos tras declarar en dependencias policiales. Cuatro tenían varias reseñas anteriores por la comisión de ilícitos de varias naturalezas.
En relación a esta tipología delictiva la Policía Nacional observa que en estos casos las falsas víctimas no valoran las consecuencias que este tipo de acciones conllevan, pues estas falsas manifestaciones provocan que se inviertan recursos humanos y materiales, restando esa dedicación a la investigación de los ilícitos efectivamente cometidos sobre víctimas reales.
Además, incurren en un delito contra la Administración de Justicia tipificado en el Código Penal, que les puede acarrear importantes consecuencias, incluso la detención y puesta a disposición Judicial.
El ciudadano que interpone una denuncia tiene la obligación de decir la verdad (Art. 433 L.E.Cr.), y la responsabilidad penal en caso de acusar o imputar falsamente a una persona una infracción penal o con temerario desprecio hacía la verdad (Art. 456 C.P.), simular ser responsable o víctima de una infracción penal (Art. 457 C.P.), o faltar a la verdad en su testimonio (Art. 458 C.P.).
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es