El expediente de denegación de calificación como VPO de la promoción Isbylia, impulsada por la Fundación de la CEA y ahora en concurso necesario de acreedores, formalizado por la Consejería de Fomento y Vivienda, más allá de calmar los nervios, ha provocado que los adjudicatarios denuncien la paralización durante dos meses de este proceso y anuncien que se reservan el derecho de iniciar acciones civiles, penales y de responsabilidad patrimonial.
La asociación Isbylia, en un escrito firmado por unos 250 afectados, critica en sus alegaciones al expediente iniciado por la Consejería de Vivienda no sólo el retraso en 80 días desde que ellos solicitaron esta degenación definitiva, sino los más dos años “de retraso” con el que ha actuado la Junta, puesto que fue en noviembre de 2011 “cuando expiró el plazo legal máximo para obtener dicha calificación definitiva”.
Recuerdan los afectados que desde entonces han sido numerosas las quejas y reclamaciones presentadas y la Administración “jamás ha prestado la más mínima atención a las rogatorias”, lo que a su juicio ha permitido que “la promotora Fundación para el Desarrollo del Sur de Europa abandonase la ejecución de sus obras a su suerte y la aseguradora Millenium Insurance, a su vez, impagase a todos aquellos que ante la desilusión y ruina personal y familiar, renunciaban a su vivienda”.
La asociación recuerda cómo desde que en el verano de 2013 se requirió la denegación de esta calificación, hasta noviembre no se inicia el expediente por parte de la Junta y no es hasta febrero cuando se notifica la resolución, dando diez días para presentar alegaciones. Aseguran que “no logran entender la dejadez y desidia” de la Junta, a pesar de la alarma social creada y conociendo las causas mercantiles e incluso penales que rodean a esta promoción.
Según los afectados, el hecho de que la Junta paralice el expediente y deje transcurrir dos meses, con el concurso de acreedores que finalmente se ha decretado, “genera en la actualidad una dualidad de procesos intervencionistas cuya resolución implicaría la cuasi-exclusión del otro”.
Por tal motivo y ante los perjuicios ocasionados a los adjudicatarios, éstos comunican que se reservan “el derecho de cuantas acciones civiles, penales y de responsabilidad que pudiesen corresponder” derivados de estos hechos.
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