Un hombre condenado a 330 años de cárcel por quemar su bloque de viviendas e intentar matar a 53 vecinos ha recurrido la sentencia alegando que en el momento de los hechos tenía "plenamente anuladas" sus facultades mentales.
Rafael P.P. fue condenado por la Audiencia de Sevilla porque en la madrugada del 17 de julio de 2009 colocó varios artefactos explosivos hechos con bombonas de butano y bidones de gasolina repartidos por su bloque de la barriada de Las Naciones y los hizo explosionar con intención de matar a sus vecinos y no solo de "darles un escarmiento", como dijo en el juicio.
Ahora, su abogado ha recurrido ante el Tribunal Supremo porque dos forenses psiquiatras declararon en el juicio que el acusado era "absolutamente inimputable" debido a su "trastorno paranoide de la personalidad, junto a un trastorno de ideas delirantes de tipo persecutorio".
La sentencia, sin embargo, se basó en el informe de una psicóloga para afirmar que en el momento de los hechos solamente tenía "afectada, y no anulada" su capacidad de discernir.
El abogado defensor, Diego de la Cruz, dice en su recurso que la psicóloga examinó a Rafael P.P. "para el estudio de la personalidad del acusado, no para determinar su diagnóstico o imputabilidad", ni puso en conexión sus padecimientos con su concreto proceder.
La Sección Tercera de la Audiencia equiparó los informes psicológico y psiquiátrico "con una mera referencia a la disparidad técnica", sostiene el recurso, y resalta que los psiquiatras llegaron a su diagnóstico tras varias exploraciones del imputado, mientras que la psicóloga lo hizo para tener "pruebas psicológicas complementarias para el estudio de la personalidad".
Los psiquiatras dejaron claro en el juicio que "las facultades volitivas de Rafael P.P. estaban anuladas en el momento de cometer los hechos", añade el defensor, y argumenta que las preguntas en ese sentido a la psicóloga "excedían claramente de su cualificación profesional".
De manera subsidiaria, el recurso solicita que en caso de que se mantenga la eximente de responsabilidad como incompleta, Rafael P.P. sea internado en el Psiquiátrico Penitenciario.
Ello responde a su "derecho fundamental a la salud", pues todos los expertos que lo examinaron señalaron "la necesidad de someter a tratamiento psiquiátrico adecuado al acusado, tratamiento que debe realizarse en un centro especial dada su peligrosidad".
El pirómano, de 71 años, fue condenado a seis años de cárcel por cada uno de los 53 delitos de asesinato en tentativa, junto a otros 12 años por un delito de estragos y el pago de 238.950 euros a la comunidad de propietarios por los daños causados.
Rafael P.P. colocó en su propio piso, en el cuarto de contadores, en el ascensor y en varios rellanos unos artefactos compuestos por bombonas de butano, bidones de gasolina y de disolvente, que hizo explosionar.
Según la sentencia, colocó un bidón "de mayor tamaño" en la entrada del edificio, con lo que habría bloqueado la "salida natural del inmueble" para que "las personas que se vieran afectadas por las explosiones y por el fuego no pudieran huir".
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