El juzgado de lo Contencioso Administrativo número 10 de Sevilla ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) al pago de 31.000 euros en concepto de indemnización por el diagnóstico tardío sufrido por R. A.P., una paciente de 52 años que sufría una perforación de tímpano e hipoacusia por la que fue intervenida en su oído derecho en el Hospital Virgen Macarena de Sevilla.
La sentencia, facilitada a Europa Press por la asociación de El Defensor del Paciente, recoge que la paciente fue diagnosticada en junio de 2000 de perforación de tímpano e hipoacusia, siendo intervenida en 2002 de una timplanotomía en el oído derecho, y por la que le colocaron una prótesis.
No obstante, la paciente comenzó a sufrir acúfenos intensos y cefaleas, siendo derivada al área de psiquiatría por trastorno de ansiedad y depresión. Pese a ello, y al cabo de varios años, la perjudicada solicitó una segunda opinión en el mismo hospital Macarena, la cual tampoco consideró un cambio terapéutico.
Por ello, solicitó un cambio de hospital, siendo sometida ya en mayo de 2008 en el Hospital Virgen del Rocío a una exploración quirúrgica, en la que descubrieron que la paciente "llevaba seis años con la prótesis desplazada, soportando dolor, ruidos y vértigos, y como única solución terapia psiquiátrica". En ese último centro sí se le corrigió el error de desplazamiento.
El fallo condena así al SAS al pago de 31.000 euros por un "diagnóstico tardío que hizo que la actora sufriese innecesariamente durante años los vértigos, mareos y acúfenos, aparte de la pérdida del oído", a la par que reprocha la "falta de información" dada a la paciente en el año 2002 en el Hospital Macarena "sobre los riesgos y las alternativas a la intervención quirúrgica".
Con todo, la sentencia puntualiza que los padecimientos que sufrió la actora "no fueron causados por los médicos que la atendieron en el Hospital Virgen Macarena , sino que eran propios de la enfermedad y del riesgo inherente a la operación". Así, el juzgado entiende que las indemnizaciones que se pedían por parte de la defensa, que ascendían a los 149.305 euros, "no son de recibo".
Por contra, la letrada María Jesús Villalpando ha anunciado que recurrirán esta sentencia ante el TSJA, al entender que a la paciente "no se le ha reparado ni el daño moral sufrido durante seis años ni el económico, ya que, entre otros aspectos, estuvo aparte de perder el trabajo".