El Tribunal Económico Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla ha emitido ya su preceptivo dictamen sobre el proyecto de nuevas ordenanzas fiscales pergeñado por el Gobierno popular de cara al ejercicio 2013. En su dictamen, el tribunal muestra sus "dudas sobre el soporte jurídico que justifique la decisión de impedir los fraccionamientos de deuda en periodo voluntario de pago provenientes de expedientes sancionadores", aunque el Consistorio hispalense ha esgrimido la "discrecionalidad" de la que goza en esta materia.
El proyecto de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2013, en concreto, congela los tipos y tarifas de cinco impuestos como el de bienes inmuebles (IBI), de actividades económicas (IAE), de vehículos de tracción mecánica (IVTM) y de construcción, instalaciones y obras (ICIO). De otro lado, más de 20 tasas como la de los documentos o la recogida de basura experimentan un incremento del tres por ciento, toda vez que la zona azul y la grúa suben aproximadamente un seis por ciento, los precios del Instituto Municipal de Deportes (IMD) un siete por ciento con carácter general y las tarifas de Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam) una media del cinco por ciento, aunque en estos últimos casos se recogen fuertes picos en algunos conceptos. Las nuevas ordenanzas, además, incluyen nuevos tipos en varias de las tasas y suprimen la bonificación por domiciliación en el caso del IBI.
Pues bien, en su preceptivo dictamen, el Tribunal Económico Administrativo, entre otros muchos aspectos, cree "acertada la no inclusión del incremento del diez por ciento" en los tipos de gravamen del IBI, porque "no es el Ayuntamiento quien aprueba ese incremento obligatorio", aunque sí ve "conveniente incluir en la disposición adicional segunda" del documento "más datos sobre el citado incremento". Sobre la ordenanza fiscal relativa a la gestión, recaudación e inspección, el tribunal muestra sus "dudas sobre el soporte jurídico que justifique la decisión de impedir los fraccionamientos de deuda en periodo voluntario de pago provenientes de expedientes sancionadores", porque "no resulta fácil encontrar amparo jurídico que de cobertura a esta decisión".
El Ayuntamiento de Sevilla, en el informe emitido a cuenta de este dictamen, recogido por Europa Press, defiende no obstante que "los motivos para la estimación o desestimación de una solicitud de fraccionamiento o aplazamiento se basan en la discrecionalidad que ostenta la administración y que se sustenta en unos criterios previamente marcados".
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