La Audiencia de Sevilla ha declarado probado que un joven de color fue objeto de una agresión en Tomares por parte de una persona que le escupió y le gritó "negro de mierda, vete a tu país", además de darle
una bofetada, sin que no obstante haya quedado acreditado que tales actos los protagonizase la persona inicialmente denunciada por los mismos y juzgada por dicha instancia.
En una sentencia emitida el pasado 22 de mayo y recogida por Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, tras el juicio celebrado dicho mes contra una joven sin antecedentes penales por un
supuesto delito de odio y por otro presunto delito leve de lesiones; declara probado exclusivamente que "sobre las 21,00 horas del día 21 de mayo de 2021, una persona no identificada de sexo femenino se acercó" al joven denunciante del caso, "de raza negra, en el parque la Calistenia en la localidad de Tomares, donde comenzó a escupirle a la vez que le insultaba con expresiones como 'negro de mierda, vete a tu país', además de que le dio una bofetada en la cara y le tiró de la camiseta".
Según la Audiencia, "puede llegarse a la convicción de la existencia de los hechos que han sido declarado probados, a raíz fundamentalmente de la declaración del denunciante, versión que sostuvo en su declaración tanto en el momento de interponer la denuncia, como en el acto del juicio, de forma firme y sin contradicciones, lo que le otorga credibilidad, y que se encuentra corroborada tanto por el parte facultativo que deja constancia de la realidad objetiva de unas lesiones y la contextualizan temporalmente, al datarse el parte el mismo día, minutos después del incidente; como por la declaración de los tres testigos presenciales que han depuesto en juicio, que coinciden en la existencia de la agresión que sufrió el denunciante en el sentido por él expuesto".
"HABÍA OTRA CHICA MÁS"
Pero en paralelo, como precisa el tribunal, "ninguno de los testigos, incluido el denunciante, ha identificado a la acusada como la autora de los hechos". "Coinciden en manifestar que en el grupo de jóvenes de los que salió la autora de los mismos, con su pareja, había otra chica más, lo que coincide además con la versión de la misma acusada, y ninguno de los testigos ni el denunciante pueden asegurar que fuera la acusada la autora", indica la Audiencia.
Es más, como destaca la sentencia, pesa el testimonio de un testigo que "conoce a la acusada del colegio y que ha ido más allá, asegurando que se trataba de otra chica la autora de los hechos, no la acusada", extremo unido a que "entre las personas identificadas por la Guardia Civil en el atestado como integrantes de ese grupo se encuentra, en idéntico sentido, otra chica además de la acusada", que finalmente resuelta completamente absuelta de los cargos formulados en su contra.