Sevilla

Contratado el derribo del hotel levantando en Sevilla sin licencia e invadiendo la una vía

Un bloque construido "dentro de la zona de no edificación de la carretera provincial SE-9225" y "sin preceptiva autorización"

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  • Imagen de archivo de unas obras de demolición. -

La Diputación de Sevilla ha adjudicado por 41.454 euros el contrato promovido para la demolición de un edificio de tres plantas levantado hace más de 12 años en Algámitas para su funcionamiento como hotel, "dentro de la zona de no edificación de la carretera provincial SE-9225" y "sin preceptiva autorización" de la entidad provincial, que acomete el derribo de manera subsidiaria tras haber ordenado en 2009 a la empresa promotora que desmantelase el inmueble.

Según la memoria técnica de esta contratación, recogida por Europa Press, el citado edificio, de tres plantas, fue construido por la empresa Promocañete S.L. en un punto kilométrico de la carretera provincial SE-9225, que conecta Algámitas y Pruna, toda vez que actualmente el inmueble se encuentra "en ejecución", pues están finalizadas la cimentación, la estructura mixta de hormigón y metálica, los cerramientos y cubiertas o las habitaciones y dependencias de las plantas primera y segunda, mientras "la planta baja se encuentra con tabiquerías y sin ningún revestimiento" y "los accesos de zona común a instalaciones se encuentran pendientes de acabados y remates".

"Sin autorización"

El edificio, según la memoria técnica, fue levantado "dentro de la zona de no edificación de la carretera provincial SE-9225, Algámitas a Pruna, sin la preceptiva autorización de la Diputación Provincial".

A tal efecto, el documento explica que "con fecha 24 de noviembre de 2009, se dictó resolución de la Presidencia" de la Diputación, "referente al expediente sancionador 01/09, imponiendo a Promocañete S.L., entidad promotora del edificio, sanción por importe de 3.000 euros, así como instando a la reposición de las cosas a su estado anterior mediante la demolición de las obras denunciadas, procediéndose en caso contrario, a la ejecución subsidiaria a costa y en sustitución del interesado".

Permiso del juzgado 

"Tras diversos trámites de alegaciones y/o recursos y resolución de los mismos, con fecha 17 de junio de 2020 se remitió al Servicio Jurídico Provincial copia del expediente de referencia con objeto de que se solicitase la oportuna autorización judicial para poder acceder y realizar la correcta valoración de las tareas de demolición, para llevar a cabo la ejecución subsidiaria", determina el documento, señalando que en junio de 2021, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 14 de Sevilla autorizó "la entrada en domicilio solicitada en ejecución subsidiaria" de la referida resolución de 2009, "tanto para la valoración de las obras como para la demolición" instada.

Dado el caso, la memoria técnica expone que el "motivo" de la contratación no es otro que "la demolición del inmueble" por "la ocupación" en la que el mismo incurre en un "área de servidumbres de carretera afectada a la carretera provincial SE-9225".

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