El Gobierno reduce el IRPF para los agricultores

Publicado: 25/04/2023
También se establece una minoración en el rendimiento neto del 35 % por la adquisición de gasóleo agrícola, y del 15 % por la compra de fertilizantes
El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública por la que se reducen los Índices de Rendimiento Neto aplicables en 2022 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos. Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de minoración de dichos índices y tiene en cuenta la incidencia de la sequía y otras circunstancias excepcionales que afectaron a la rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2022, como la guerra en Ucrania, que causó un encarecimiento de los costes de producción.

La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 25 % que podrán aplicarse los aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos. El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75.

La reducción de los índices de rendimiento neto, aplicables en 2022, por las actividades agrícolas en Sanlúcar:

-           Patata -> 0,13 (reducción del 50% con respecto al año pasado)

-           Calabacín -> 0,18 (se mantiene igual que el año pasado)

-           Tomate -> 0,13 (reducción del 38% con respecto al año pasado).

-           Uva para vinos D.O. -> 0,22

-           Uva de mesa -> 0.22

 

Se estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la orden publicada hoy supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.807 millones de euros, y es la de mayor alcance de la última década. La orden permite también que los declarantes en Estimación objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35 % por adquisición de gasóleo agrícola, y un 15 % por compra de fertilizantes, según lo establecido en la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, que desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF para 2023.

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