A modo de prueba piloto, la primera Zona de Bajas Emisiones recogidas en el Plan Municipal Urbano Sostenible (PMUS) se pondrá en marcha en la zona de la Capillita y su entorno. Así lo ha informado el alcalde, Víctor Mora, quien ha avanzado que el PMUS está prácticamente terminado tras las correcciones realizadas por la empresa redactora del plan en relación a las paradas de taxis y a las propuestas del sector del transporte. Una vez finalizado se elevará al pleno del Ayuntamiento para su aprobación.
Se trata, según ha explicado Víctor Mora, de un documento muy consensuado, en el que han participado los sectores empresariales, colectivos ciudadanos y sociales y partidos políticos y que recibió más de 14.000 consultas y aportaciones a través de la web.
Este año, los municipios mayores de 50.000 habitantes deben poner en marcha zonas de bajas emisiones, que el PMUS contempla en partes del Barrio alto, del Barrio Bajo, Playa-Bajo de Guía, Bonanza y Palomar y Palmar.
Después de estudiar las propuestas se ha optado por iniciar este año la implantación de la zona de bajas emisiones en la parte de Bajo de Guía y Capillita.
Primero se llevará a cabo una corrección de las indicaciones de tráfico de las calles y se establecerá un circuito, con puntos por donde no se circule y con calles en un solo sentido, así como las excepciones a las normas circulatorias en esta zona, que terminará siendo más cómoda y habitable para todos
Víctor Mora ha explicado que antes de implantarse habrá una etapa en la que mediante señalización y presencia policial se informará a los conductores, para finalmente terminar implantándose. “A partir de esa experiencia se irá ampliando a otras zonas, como El Palomar”, ha detallado el regidor.
NORMATIVA Y SANCIONES
Las Zonas de Bajas Emisiones son áreas en las que el acceso a determinados vehículos, según sus emisiones, está restringido y controlado.
Esta normativa es para ciudades de más 50.000 habitantes, a consecuencia Sanlúcar de Barrameda tendrá que adaptarse a la normativa necesaria para cumplir la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.
El acceso no permitido a una zona de bajas emisiones constituye una infracción grave, que será sancionado con multa de 200 euros (100 euros si es caso de pronto pago, si se abona en los primeros 20 días naturales). Esta sanción no conlleva retirada de puntos del carnet de conducir.
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