El Sindicato de la Policía Local Independiente (SPLI) ha denunciado la situación producida "después de más de 30 años de trámite" en la asistencia medico-farmacéutica del Ayuntamiento a sus empleados municipales.
Según el sindicado, el Gobierno municipal está perjudicando en este caso a los funcionarios en activo pertenecientes a la desaparecida MUNPAL, al retrasarle la devolución de la aportación municipal obligatoria del 50 por ciento de la prestación farmacéutica, ya que esos funcionarios de la antigua MUNPAL tienen que pagar el precio de los medicamentos en su totalidad en las farmacias, presentar una solicitud y esperar que resuelva el Ayuntamiento.
Desde el pasado mes de marzo, por decisión "unilateral, arbitraria y sin contar con las organizaciones sindicales" con representación en el Ayuntamiento, se impuso que para la reclamación del porcentaje del pago de recetas médica abonadas en cuenta bancaria, ahora se debe presentar una solicitud por el Registro General del Ayuntamiento, con la justificación de los gastos de la receta médica.
A partir de ahí la Delegación de Recursos Humanos atenderá la reclamación individualmente y emitirá un listado de las reclamaciones recibidas con las recetas válidas y sus justificantes de pagos, lo que retrasa la devolución de la aportación y "puede vulnerar el derecho a la intimidad personal y familiar" de los funcionarios afectados, protegido por la Constitución Española y su normativa vigente.
Mediante Real Decreto 480/1993, de 2 de abril se produjo la integración en el Régimen General de la Seguridad Social del régimen especial de los funcionarios de la Administración Local de aquellos procedentes de la Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local (MUNPAL), que, al estar en activo a 31 de marzo de 1993, fueron integrados en el Régimen General de la Seguridad Social, con efectos del 1 de abril de 1993.
En aquel momento, la Disposición Transitoria Quinta del Real Decreto contemplaba la posibilidad de mantener la asistencia sanitaria que se viniera prestando a través de entidad privada, debiendo para ello realizar una consulta previa con las organizaciones sindicales más representativas y acordarlo así en Pleno, antes de la fecha establecida (30 de abril de 1993), como así hizo el Ayuntamiento de San Fernando con sus funcionarios y donde ninguna normativa posterior ha derogado este Real Decreto, por lo que sigue plenamente vigente.
Por otro lado, según determina el artículo 37.1g) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, son objeto de negociación, con las organizaciones sindicales legitimadas, entre otras materias, los criterios generales para la determinación de prestaciones sociales, como es en este caso, la asistencia médico farmacéutica.
Los funcionarios afectados se están sintiendo perjudicados e indefensos ante la adopción del Gobierno municipal, de unos actos administrativos que pudieran considerarse ilegales, injustos y desproporcionados, en la misma línea seguida hasta ahora, de cargar sobre un colectivo de funcionarios y el resto de empleados públicos, en general, la culpa y responsabilidad por la nefasta situación económica en la que se pudiera encontrar esta Administración Local con sus empleados municipales.
Por ello, SPLI-UPLBA se ve obligado a denunciar el malestar e indignación, ante estos hechos y el despectivo e irrespetuoso trato que se está recibiendo, sin perjuicio de utilizar las medidas y procedimientos legales adecuados en defensa de los derechos de los empleados municipales.
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