Izquierda Unida, en aras de conseguir de la localidad "una ciudad más habitable, más cómoda y sostenible, más sensible y adaptada a la medida del ser humano", han lanzado una propuesta de modificación de una ordenanza urbanística para que las farmacias incorporen un habitáculo adaptado para el servicio de guardia.
Desde el partido consideran que este gesto habitual, el de tener que acudir a uno de estos establecimientos fuera del horario establecido por necesidad de medicamentos, es un caso "de primera necesidad", que en ocasiones puede darse en momentos de climatología adversa, con la consiguiente incomodidad para el cliente, que se ve obligado en la mayoría de ocasiones a esperar en la fachada de la farmacia a que se le atienda, a la intemperie.
El núcleo de la proposición de Izquierda Unida es el de propiciar, a través de las Ordenanzas Urbanísticas, que se habilite un vestíbulo en las farmacias, sector dentro de los equipamientos sanitarios de carácter privado, de modo que facilite y haga más cómodo a los usuarios esos obligados momentos de visitar una farmacia de guardia por el cuidado de la salud de algún familiar o conocido.
En consonancia con el marco normativo urbanístico vigente, estaríamos remitiéndonos al Capítulo 5 sobre 'Uso Equipamiento'. Así, en el art., 274 se habla sobre la “definición y usos pormenorizados”; el 275 trata sobre su aplicación y los usos permitidos y el art., 276 reúne las condiciones particulares de los distintos usos pormenorizados. Este artículo 276 contiene tres puntos, y para la consecución del objetivo que se propone habría que añadir un cuarto punto.
Por otro lado, para la aplicación de esta nueva norma, si por este Pleno Corporativo sale respaldada, se establecerían, según la propuesta de Izquierda Unida, las siguientes condiciones: que dicha condición fuera de obligado cumplimiento para todos los nuevos establecimientos de farmacia, así como faciltiar un plazo de tres años para las ya existentes, que les diese un periodo suficiente de tiempo para su adaptación.
Así, proponen añadir al artículo 276 de las Ordenanzas Urbanísticas Municipales un cuarto punto que recoja un texto similar al siguiente: "los equipamientos sanitarios privados, las farmacias, prestarán la atención del servicio de guardia en el interior de local, a cuyos efectos deberá preverse un vestíbulo con conexión directa a la vía pública, con las dimensiones que los servicios técnicos de esta Delegación Municipal de Urbanismo estimen oportunas".
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