El grupo municipal popular ha presentado al Ayuntamiento de Rota de cara al pleno ordinario de este mes de septiembre, una moción relativa a pedir al Gobierno de España “luchar contra la ocupación ilegal y mejorar la convivencia vecinal y la protección de la seguridad de las personas y cosas en las comunidades de propietarios”.
Macarena Lorente, quien ha presentado la moción expone que en los últimos años se ha aumentado el número de ocupación ilegal de viviendas y destacan que la vivienda puede protegerse en el ordenamiento jurídico español para evitar la ocupación ilegal, tanto desde la perspectiva penal, civil así como administrativa. Desde el PP lamentan que desde la izquierda se haya mostrado su oposición en un primer momento a esta cuestión.
Sin embargo, desde el PP creen que, a parte de las medidas legales, “el ordenamiento jurídico debe ser adaptado y mejorado para combatir esta forma de delincuencia, salvaguardar la propiedad o la posesión legítima y pacífica y permitir una protección efectiva de los titulares de derechos”. En este sentido, el PP también valora tener en cuenta la convivencia vecinal “pacífica y respetuosa en aras de la seguridad de las personas y las cosas” porque exponen en su moción, la ocupación ilegal de una vivienda “produce una alteración de la convivencia vecinal” que provoca “una grave inseguridad a los vecinos de la comunidad de propietarios en la que se han instalado los ocupantes ilegales”.
El PP recuerda también que nuestra localidad ha sido testigo de diferentes procesos de okupación de viviendas: “Las comunidades de propietarios, también se sienten indefensos, a veces por la ruptura de las normas lógicas de convivencia, por realizar actuaciones prohibidas, nocivas, insalubres, por provocar destrozos en las zonas comunes que además les generan gastos de reparación, por actividades como la manipulación que de la instalación eléctrica para engancharse a la luz de la comunidad, con el peligro que ellos puede suponer, etc” y siguen, “las duras consecuencias de la ocupación ilegal, no solo las sufren los propietarios de las viviendas ocupadas, sino también las Comunidad de Propietarios, por lo que se hace necesario un refuerzo de las medidas actualmente existentes en el ordenamiento jurídico, tanto a nivel penal como administrativo y civil”.
El grupo insiste en que es necesario “asegurar el desaolojo inmediato de la vivienda ocupada en caso de que la situación sea de flagrante delito y en 24 horas por parte de la Policía”; la recuperación del delito de usurpación de bienes inmuebles con penas de entre 3 y 5 años para que se puedan tomar medidas cautelares; la imposibilidad de que se puedan empadronar y tener acceso a determinar beneficios; de endurecer las penas en caso de que se trate de mafias organizadas; así como deslindar con claridad las situaciones de vulnerabilidad o exclusión social por motivo de vivienda y de protección a las familias en situación de emergencia social, con el fenómeno de la ocupación ilegal a que esta iniciativa responde.
Por lo tanto, en la moción que llevarán a pleno para su debate y consiguiente aprobación si procede, el PP plantea que, el Pleno del Ayuntamiento de Rota acuerde dar traslado de esta moción al Presidente del Gobierno de España, a la Ministra de Justicia, a la Ministra de Transporte, Movilidad y Agenda Urbana, así como a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios de las Cortes Generales, y a la Junta de Gobierno de la FEMP que se proceda a:
- Modificar los artículos 245 y 269 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal para endurecer las penas en caso de ocupación de la vivienda o inmueble, especialmente en el caso de mafias. Recuperar el delito de usurpación de bienes inmuebles con penas de entre 3 y 5 años.
- Incluir nuevas medidas procesales en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para mejorar la protección de las personas físicas o jurídicas que sean propietarias o poseedoras legítimas de una vivienda o inmueble con el objetivo de recuperar la plena posesión de una vivienda o parte de ella, siempre que se hayan visto privados de la misma sin su consentimiento. Proceder al desalojo de la vivienda ocupada en situación de flagrante delito o, en caso de que no lo sea, en 24 horas por parte de la Policía.
- Modificar la Ley 49/1960 sobre propiedad horizontal para que se habilite a las comunidades de propietarios como personas jurídicas para que puedan iniciar los procesos de recuperación de la vivienda en aras de una mejor convivencia y evitando actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
- Incluir un nuevo apartado en el apartado 4 del artículo 18 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local para evitar la inscripción en el padrón municipal de un ocupante ilegal definido en la Ley Orgánica contra la ocupación ilegal y para la convivencia vecinal y la protección de la seguridad de las personas y cosas en las comunidades de propietarios. Así como solicitar que esta inscripción se considere nula y no constituya prueba de su residencia o domicilio ni les atribuya ningún derecho. A tales efectos, los Ayuntamientos darán de baja de oficio o a instancia del propietario o poseedor real legítimo las inscripciones en cuanto tuvieran conocimiento de ello.
- Modificar la legislación tributaria para la reducción de obligaciones contributivas de arrendadores que justifiquen la no percepción de rentas.
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