El obispo portavoz y secretario general de la CEE, Juan Antonio Martínez Camino, respondió así a las preguntas de los periodistas sobre si los obispos, con el documento ayer presentado, llaman a la “insumisión o a que no se cumpla la ley”.
Martínez Camino indicó que los obispos esperan que finalmente no se apruebe la ley como está redactada, y que por ello han presentado el documento antes de su tramitación, una vez hecho público por el Gobierno el texto del anteproyecto, para que sirva de guía y de luz no sólo a los católicos sino a cualquier persona que “quiera escuchar esta reflexión iluminadora”.
En el caso de que el texto se convirtiese en ley, agregó el portavoz, “supondría un grave retroceso en la protección del derecho a la vida que va a nacer, y contra el bien común; la justicia quedaría gravemente dañada al llamar derecho a la violación del derecho a la vida, con lo que la objeción de conciencia –afirmó– es legítima”.
Martínez Camino negó también que la Confederación Episcopal Española vaya a promover protestas o manifestaciones en contra de la ley: “La CEE nunca promueve protestas ni acciones que sólo corresponden a la sociedad civil, a sus asociaciones e instituciones” que, agregó, “están en su derecho de promover acciones contra un proyecto de ley claramente injusto”.
El documento presentado ayer por los obispos, reitera que el anteproyecto constituye “un serio retroceso respecto de la actual legislación despenalizadora, ya de por sí injusta. Por tanto, de acuerdo con la doctrina de la Iglesia, ningún católico coherente con su fe podrá aprobarla ni darle su voto. Tampoco debería hacerlo nadie que atienda a los justos imperativos de la razón”.
Preguntado si este párrafo supone la excomunión para cualquier parlamentario católico que votase a favor del texto, Camino explicó que tal como está fijada en el Derecho Canónico, la excomunión “es una pena medicinal, una especie de luz roja, para los que intervienen directamente en un aborto realizado”.
“Es necesario, por tanto, que realmente se ejecute, y sólo en los que intervienen directamente se aplica la excomunión automática ( latae sententiae)”.
Juan Antonio Martínez Camino se negó a responder en torno a lo que denominó “casuística” concreta, de si lo que quería decir es que la excomunión recaería sólo en la mujer y en los facultativos médicos o sanitarios que intervinieran en el aborto, porque –dijo– habría que ver el caso concreto, por ejemplo si la mujer ha consentido o no, etc.
El documento recalca que “el Estado no puede erigirse en árbitro sobre la vida humana adoptando medidas legales que toleran o justifican como supuestos derechos acciones individuales que atentan contra el derecho a la vida. Si lo hace, deja de ser garante del bien común en un asunto decisivo”.
Y agrega que “el derecho a la vida no es una concesión del Estado, es un derecho anterior al Estado mismo y este tiene siempre la obligación de tutelarlo. Tampoco tiene el Estado autoridad para establecer un plazo, dentro de cuyos límites la práctica del aborto dejaría de ser un crimen”.
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