El pasado 31 de marzo, la Generalitat aprobó el proyecto de ley de consultas populares, que convirtió a Cataluña en la primera CCAA en impulsar una ley que le permite solicitar al Gobierno central la convocatoria de referendos sobre “cuestiones de especial trascendencia política”.
El Ejecutivo recalca que es el Estado el que tiene competencia exclusiva en la regulación y convocatoria de referendos y que la competencia autonómica sólo cabe sobre las consultas populares.
La ley catalana, según el Ejecutivo, equipara la consulta popular al referéndum y considera que el único límite a su potestad es la necesaria autorización del Estado.
La norma que será recurrida al TC establece el régimen jurídico, el procedimiento, la aplicación y la convocatoria de consultas populares por vía de referéndum, por parte de la Generalitat o por los ayuntamientos de Cataluña.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es