La Fiscalía norirlandesa había pedido revocar las condiciones de libertad vigilada al Alto Tribunal de Belfast, encargado de tramitar el recurso de apelación presentado por la defensa contra la extradición a España de De Juana, ordenada el pasado marzo por el juzgado de primera instancia del magistrado Thomas Burgess.
La Fiscalía, que representa en este caso los intereses de la Justicia española en Irlanda del Norte, pidió que se anulara la libertad condicional de De Juana porque éste la había incumplido al no presentarse ante la policía y encontrarse en situación de paradero desconocido.
Tras estudiar durante las últimas semanas la legislación vigente, los tres jueces que componen el tribunal de apelaciones dieron hoy la razón a la defensa del ex preso, que alegó irregularidades en la Ley de Extradición británica de 2003.
Según expertos judiciales consultados por Efe, en virtud de esta ley “el Alto tribunal de Apelaciones puede otorgar libertad condicional a un sujeto, pero no puede revocar o anularla si ya ha sido procesada en otro tribunal”.
Tampoco lo puede hacer ahora Burgess, quien impuso a De Juana las condiciones de libertad vigilada (fichar en comisaría y respetar un toque de queda en su domicilio) al comienzo del proceso de extradición, en noviembre de 2008, en contra de la opinión de la Policía norirlandesa (PSNI), que alertó del riesgo de fuga.
El ex jefe del comando Madrid de ETA permanece huido de la Justicia desde el 25 de marzo, fecha de su última comparecencia en la comisaría de Belfast donde se personaba diariamente para firmar el libro de registros.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es