Así consta en el auto dictado ayer por el magistrado de la Audiencia Nacional después de que el acusado solicitara su puesta en libertad el pasado 8 de marzo y en el que también le impone la obligación de rendir quincenalmente información sobre el cuidado dispensado a su madre, la de comparecer dos veces a la semana en el Juzgado y la prohibición de abandonar el territorio nacional.
En el procesado, dice Garzón, “concurre una circunstancia específica de índole personal-familiar” acreditada en un certificado del Ayuntamiento de Lasarte (Guipúzcoa) en el que consta que su madre “ha iniciado los trámites para la prestación y cuidados personales relativos a la Ley de Dependencia, requiriendo como cuidador a su hijo” quien, hasta que ingresó en prisión el pasado 16 de octubre, “ha venido encargándose” de sus cuidados.
Por ello, “esta circunstancia humanitaria” hace que, en opinión del magistrado, la situación de prisión “deba suavizarse” para hacerla compatible con el cuidado de su madre, considerando que ello puede ser posible con la fijación de una fianza que “por sí sola y en forma objetiva sujete al procesado al tribunal, pero que a la vez pueda ser satisfecha en plazo razonable”.
Díez Usabiaga fue procesado el pasado 25 de enero junto a otros seis dirigentes de la izquierda abertzale, entre ellos el ex portavoz de Batasuna, Arnaldo Otegi, y dejó fuera del procesamiento, en contra de la solicitud del fiscal, al histórico dirigente de la formación ilegalizada Rufi Etxebarria.
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