Además, el condenado no podrá acercarse ni comunicarse "de cualquier forma" durante 10 años y deberá indemnizar con 10.000 euros a su hija, con la que mantuvo relaciones sexuales completas desde abril de 2008, cuando tenía quince, hasta que se atrevió a denunciarle tras un año, en igual mes de 2009, se señala en los hechos probados del pronunciamiento, hecho público hoy.
En la sentencia, emitida por la Sección Segunda de la Audiencia de Las Palmas y contra la que cabe recurso de casación, se subraya que el hombre procedió de ese modo "pese a su condición de padre biológico de la menor y valiéndose de esta cualidad", ya que actuó "abusando de la diferencia de edad, del ascendente que ejercía sobre ella por ser su padre y de la situación personal de la menor".
Ya que, según se precisa en el texto, la chica "presenta una inteligencia media-baja, con altísima deprivación cultural, que le afecta tanto a nivel cognitivo como volitivo y conductual".
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