El periodo de advertencia verbal abierto por el Ayuntamiento de Málaga a los propietarios de perros que no han recogido el excremento de su animal de la vía pública o que no han realizado el análisis genético de su mascota ha finalizado esta semana, lo que supone la definitiva entrada en vigor de la ordenanza de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales.
En concreto, en esta citada ordenanza del Ayuntamiento de Málaga se sustenta la imposición de multas por no retirar las heces o no haber inscrito el perfil de ADN del perro en el registro municipal de animales de compañía.
Así, desde esta semana, la Policía Local procederá a sancionar a todo propietario cuya mascota no lleve la chapa identificativa obligatoria o, alternativamente, el propietario no tenga el carné correspondiente como prueba de haber realizado el censado genético del animal.
En el caso de encontrarse un excremento abandonado en la calle, se activará el procedimiento establecido para realizar la prueba que permitirá determinar su origen, que contará con la intervención de un inspector municipal para levantar acta y un técnico de Athisa, empresa adjudicataria del Servicio de Vigilancia Sanitario Ambiental, que se encargará de obtener la muestra siguiendo el protocolo establecido, han recordado desde el Ayuntamiento a través de un comunicado.
Tanto en el caso de no haber realizado el censado como en la no recogida de excrementos, la ordenanza establece que se comete una infracción de carácter leve, que acarreará una sanción de 217 euros.
De igual modo, esta cantidad se incrementará en el caso de que concurran agravantes como la reiteración de dicha infracción, o que los excrementos que no se hayan recogido estén situados en un parque infantil o similar, entre otras circunstancias.
Envía tu noticia a: participa@andaluciainformacion.es