Tender la ropa en el balcón puede traducirse en una multa de hasta 3.000 euros en Cuevas del Almanzora (Almería) ordenanza reguladora de la protección del espacio urbano, seguridad y convivencia en el municipio, aprobada por unanimidad en el último pleno del Ayuntamiento.
La norma, consultada por EFE, prohíbe expresamente las ropas “tendidas en balcones, que cuelguen en la fachada y den al exterior”, y establece esa actividad será sancionable si esas prendas son visibles desde la vía pública.
Las sanciones de esta ordenanza son de 100 a 300 euros en el caso de las infracciones leves; de 301 a 1.500 euros en el de las graves, y de hasta 3.000 euros en el de las muy graves.
Aunque no se establece la gravedad de ninguna de las infracciones, sí que se determina que la misma atenderá a criterios como su naturaleza y los daños causados, la trascendencia y la alarma social del hecho, la existencia de intencionalidad, la reincidencia o reiteración, la capacidad económica del infractor, el riesgo de daño a la salud, el beneficio económico obtenido, etcétera.
La normativa expone una serie de normas de conducta que tienen que respetarse en el espacio público y prohíbe una serie de actitudes como: las pintadas, arrojar a la vía basuras o residuos, desprenderse de enseres o muebles fuera de los días establecidos, depositar residuos de podas o construcción en contenedores, ropas tendidas en balcones o que cuelguen de las fachadas, no recoger las defecaciones o limpiar los orines de los animales domésticos en la vía pública.
También sanciona los actos vandálicos como el destrozo en espacios públicos, las acampadas en vías o espacios públicos, el baño en las fuentes públicas, juegos de pelota en parques infantiles o plazas, la manipulación de árboles o plantas en zonas verdes del municipio, y la vegetación de solares privados que invadan las aceras o vías públicas, entre otras.
La norma hace hincapié en la necesidad de que todos los vecinos tienen la obligación de actuar correctamente en el uso de los bienes e instalaciones públicas.
“Cuevas del Almanzora es, y quiere seguir siendo, sin duda alguna, un municipio amable, tranquilo y básicamente apacible, y el Ayuntamiento, no obstante el carácter y talante cívico de sus habitantes, quiere prestar atención hacia ciertas actitudes irresponsables, que se producen y suponen una auténtica degradación visual del entorno urbano”, dice el texto de la ordenanza.
Igualmente, la ordenanza explica que esos comportamientos irresponsables suponen un detrimento de la calidad de vida del ciudadano y ocasiona gastos de dinero público y que por ello “el Ayuntamiento no puede permanecer ajeno a esta problemática y debe combatirla con los medios del ordenamiento jurídico”.
En una nota, el alcalde Antonio Fernández (PSOE), ha asegurado que “esta ordenanza pretende actualizar la normativa para erradicar esos comportamientos incívicos que deterioran la imagen del municipio, y que además provoca problemas de convivencia y empeoran la calidad de vida de todos, además de suponer un coste económico para todos los vecinos y vecinas, algo que no consideramos justo”.
“Cuevas del Almanzora es un pueblo precioso, amable y tranquilo y debemos conservarlo así y, por eso, nos hemos puesto ‘serios’, porque aunque los incívicos son pocos, enturbian la vida y la imagen de la gran mayoría de cuevanos y cuevanas que cuidamos nuestro pueblo”, ha concluido.
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